¿Es Legal Internar a Alguien en Rehabilitación Contra su Voluntad?
Existen una normativa con la cual se deben de regir todos los institutos, dependencias o grupos que atienden el tema de las adicciones
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Querer ayudar a un amigo o familiar a dejar el alcohol o las drogas, o incluso a recibir terapia psicológica y tratamiento psiquiátrico es 'un acto de buena fé', sin embargo, hay casos en los que la voluntad de la persona es nula. Ante una situación así es cuando las personas cercanas al individuo deciden por él o ella que debe ser internado.
A continuación te diremos si es legal en México internar a alguien en rehabilitación contra su voluntad.
¿Es legal ingresar a alguien a rehabilitación contra su voluntad?
Primero es importante aclarar que existen una normativa con la cual se deben de regir todos los institutos, dependencias o grupos que atienden el tema de las adicciones, la Norma Oficial Mexicana (NOM) número 28 establece un sistema de administración de la seguridad en los procesos y equipos críticos que manejan sustancias químicas peligrosas, además de los requisitos en las áreas de prevención y tratamiento.
Y por otra parte, existen los Lineamientos Nacionales para el Ingreso Involuntario a Establecimientos Residenciales de Tratamiento y Rehabilitación de las Adicciones, pero éstos no mencionan la palabra 'anexo'. Hasta la fecha no una ley que diga que está prohibido o está permitido tener lugares llamados anexos e internar a personas en ellos para su rehabilitación.
De acuerdo con dichos lineamientos el internamiento de una persona en cualquier centro o clínica de rehabilitación debe ser mediante prescripción médica, esto quiere decir que la persona ya se tuvo que haber pasado por tratamiento y ya se le buscó la forma de apoyar para que pueda dejar la adicción o mejorar su salud mental.
El historial clínico es el requisito principal para solicitar el ingreso involuntario de una persona a rehabilitación, además, para que esto pase la persona debe encontrarse en un estado de peligro o un nivel alto de intoxicación, que la persona no pueda decidirlo por sí mismo. Sólo así y con la prescripción de un médico se puede internar a alguien contra su voluntad.
El ingreso involuntario a una unidad de salud es el que se da cuando la persona usuaria se encuentra impedida para solicitarlo por sí misma, por incapacidad transitoria o permanente, por lo que es solicitado por un familiar, tutor, representante legal u otra persona que en
caso de urgencia requiere el servicio y siempre que exista previamente indicación al respecto por parte del médico tratante.
Se lee en los Lineamientos Nacionales para el Ingreso Involuntario a Establecimientos Residenciales de Tratamiento y Rehabilitación de las Adicciones.
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Lineamientos para ingresar a alguien a rehabilitación
Está señalado en los Lineamientos Nacionales para el Ingreso Involuntario a Establecimientos Residenciales de Tratamiento y Rehabilitación de las Adicciones, que la persona conserva en todo momento sus derechos para salvaguardar su dignidad, su relación con familiares y comunicación con otros.
... Cualquier restricción a estos derechos, como contenciones o aislamientos, deberán ser especialmente indicada y motivada por el médico, dejando constancia en el historial clínico, por el profesional competente y sometida a revisión de las autoridades sanitarias y de derechos humanos competentes.
Señalan los lineamientos.
Así mismo, las instituciones o clínicas está obligadas a informar a la persona sobre las causas de la intervención, sus derechos y los procedimientos para interponer quejas o denuncias por violación a sus derechos humanos o malas prácticas profesionales.
Entonces, ¿Cuándo se puede llevar a cabo un internamiento involuntario?
Los Lineamientos Nacionales para el Ingreso a Establecimientos Residenciales de Tratamiento y Rehabilitación de las Adicciones señalan que será involuntario el internamiento en los siguientes casos:
- Encontrarse la persona impedida para solicitarlo por sí misma.
- Presentar incapacidad transitoria o permanente.
- Sea solicitado por un familiar, tutor, representante legal, debidamente identificados o, en casos de extrema urgencia y a falta de los anteriores, otra persona interesada, que solicite el servicio.
- Valoración médica que sustente y justifique la necesidad de atención en internamiento.
- Exista un peligro grave o inmediato para sí mismo o para terceros.
Por último, recuerda que la persona tiene derecho a presentar quejas o denuncias ante las autoridades competentes por violación a los derechos humanos o malas prácticas profesionales, así como derecho a la asistencia jurídica y a contar con un representante legal.