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Programas de Opinión y Espectáculos, Fuera de Monitoreo del INE: TEPJF
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El Tribunal Electoral determinó que programas de análisis político y debates no serán parte del monitoreo del INE
Sesión del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Foto: Cuartoscuro | Archivo
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre el monitoreo de precampañas y campañas de los comicios 2023-2024.
Este acuerdo incluía la metodología, el catálogo de programas y los requerimientos para el monitoreo y análisis.
El TEPJF explicó que diferentes concesionarias y la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión cuestionaron el acuerdo aprobado por el INE.
Argumentaron que se incluyeron en el monitoreo programas de análisis, debate y opinión, así como de espectáculos y revista de manera indebida.
Se planteó que no debió establecer como criterio de revisión para estos programas si la información expuesta era “valorada de manera positiva o negativa”.
A propuesta de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, el pleno determinó que "cualquier calificación como positiva o negativa de una expresión puede frenar la libre expresión de las ideas y el debate necesario para elevar el nivel de las campañas políticas, así como afectar el derecho a la información", señaló el Tribunal en un comunicado.
Por unanimidad de votos, los magistrados modificaron el acuerdo impugnado para exentar a estos géneros de la valoración positiva o negativa en los monitoreos que realice el INE.