‘Viene de Investigaciones’, Dice Sheinbaum sobre Detención de Alcalde de Frontera Comalapa

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La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo explicó por qué se dio la detención de José Antonio 'N, alcalde de Frontera Comalapa, Chiapas

‘Viene de Investigaciones’, Dice Sheinbaum sobre Detención de Alcalde de Frontera Comalapa

José Antonio N, al ser detenido por autoridades de Chiapas. Foto: Fiscalía General del Estado de Chiapas

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La detención de José Antonio N, presidente municipal de Frontera Comalapa, Chiapas, llegó a la conferencia de prensa matutina de hoy 6 de enero de 2025 en Palacio Nacional, donde la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo dijo que fue resultado de investigaciones.

¿Qué pasó?

  • El 5 de enero de 2025 detuvieron José Antonio N, presidente municipal de Frontera Comalapa, Chiapas
  • En el operativo participaron elementos de la Policía de Investigación (PDI), de la Fuerza de Reacción Inmediata Pakal (FRIP) y de la Policía Estatal Preventiva (PEP)
  • José Antonio es señalado por presuntos delitos de desaparición forzada de personas, extorsión agravada y homicidio, relacionados con sus presuntos vínculos con grupos delictivos que operan en la región

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Sheinbaum justifica detención de alcalde de Frontera Comalapa

Durante su conferencia de prensa matutina, Claudia Sheinbaum Pardo aseguró que la detención de José Antonio N "proviene de las investigaciones, no es que haya presuntamente un presidente municipal (relacionado con hechos que se indagan)".

Esto viene de investigaciones que se hicieron sea por extorsión, algún homicidio, alguna desaparición, entonces, al hacer las investigaciones sale la posible colusión de algún funcionario público (...) presunto delincuente.

La Presidenta enfatizó en que esta detención "viene de las investigaciones", y aseguró que "si hay colusión de alguna autoridad, se sigue la investigación y tienen que haber suficientes pruebas para que un juez otorgue una orden de aprehensión".

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Presidenta aclara proceso para Prisión Preventiva Oficiosa

La presidenta Claudia Sheinbaum aprovechó para hablar de la figura de Prisión Preventiva Oficiosa (PPO), el cual ha generado polémica luego de que se ha señalado que podría llevar a la cárcel a personas inocentes.

Es importante (aclarar) porque se ha dicho mucho de la Prisión Preventiva Oficiosa: eso no quiere decir que no se investiga a alguien y se lleva detenido, quiere decir que hay ciertos delitos donde si se llevan suficientes pruebas del Ministerio Público a un juez y éste otorga una orden de aprehensión, el presunto delincuente tiene que librar su condena dentro de prisión, de un centro de detención, pero no quiere decir que no se deben presentar las suficientes pruebas.

La mandataria federal aclaró que "hay ciertos delitos que consideramos que no deberían estar a criterio del juez si (el proceso) lo lleva en prisión o no".

Ante ello, Sheinbaum Pardo ejemplificó con el caso del alcalde de Frontera Comalapa detenido: "En estos casos, de demostrarse que está extorsionando, no puede llevar el proceso en libertad sino detenido. Ese es el tema de la Prisión Preventiva Oficiosa, pero no quiere decir ningún régimen de excepción.

El decreto publicado el 31 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), señala en cuáles casos un juez "ordenará la prisión preventiva oficiosamente"

  • Abuso o violencia sexual contra menores
  • Delincuencia organizada
  • Extorsión
  • Delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados
  • Homicidio doloso
  • Feminicidio
  • Violación
  • Secuestro
  • Trata de personas
  • Robo de casa habitación
  • Uso de programas sociales con fines electorales
  • Corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones
  • Robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades
  • Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos
  • Delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares
  • Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos
  • Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea
  • Delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, de la salud, del libre desarrollo de la personalidad, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales, en los términos fijados por la ley

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