Corte Mantiene Prisión Preventiva; Excepto a Delitos Fiscales
Andrea Vega | N+
En la discusión en el pleno de la Suprema Corte no se alcanzaron los votos necesarios para invalidarla, aunque los delitos fiscales ya no ameritarán la medida

El Pleno de la Suprema Corte votó por la permanencia de la prisión preventiva. Foto: Cuartoscuro | Archivo
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El proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales que pretendía acotar la aplicación de la prisión preventiva oficiosa no alcanzó, en la discusión del tema en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los ocho votos que necesitaba para aprobarse.
Lo que sí se logró es invalidar las normas de los artículos de la Ley de Seguridad Nacional y el Código Nacional de Procedimientos Penales que consideran que incumplir con las obligaciones fiscales es un ataque a la seguridad nacional; es decir los delitos fiscales no pueden ser considerados como delitos que la impacten, por lo que no alcanzan la prisión preventiva oficiosa.
El proyecto de Aguilar Morales buscaba que cada juez pudiera revisar caso por caso y someter a debate si se tenía que mantener en prisión preventiva a las personas acusadas de algún delito, incluidos en el catálogo del Artículo 19 de la Constitución.
Esto implicaba que la prisión preventiva no se aplicará de oficio, sino que cada caso se revisará para determinar si la ameritaba o no, poniendo por encima el derecho a la presunción de inocencia y a la libertad de la persona.
Al no alcanzar los votos necesarios, la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó el proyecto por lo que la medida se mantiene como hasta ahora, todo delito enlistado en el Artículo 19 ameritará prisión preventiva oficiosa.
Seis de los 11 ministros se pronunciaron en contra del proyecto por diferentes motivos. La ministra Loretta Ortiz argumentó, por ejemplo, que la propuesta representaba una modificación al texto constitucional, lo que excedía el alcance interpretativo que tiene la Corte y que lleva a cuestionar la división de poderes.
También señaló que revisar caso por caso agravaría la falta de eficacia del sistema de justicia, al llegar a un punto de colapso del sistema con 3 mil 500 asuntos que de inmediato se tendrían que revisar.
Por su parte, el ministro presidente Arturo Saldívar, señaló que la salida a esta controversia sería reconocer que hay una contradicción entre los artículos de la constitución que sustentan la prisión preventiva y los que sustentan el derecho a la presunción de inocencia y la libertad.
Margarita Ríos Farjat dijo coincidir con el proyecto porque al ser oficiosa la prisión preventiva es más punitiva que cautelar. “No podemos decir que se lo merecen porque se trata de asesinos o violadores porque eso sería una sentencia anticipada, además hay personas que llevan años de encierro y luego no resultan culpables. Corremos el riesgo de que paguen justos por pecadores”.
A favor votaron los ministros: Luis María Aguilar, Alfredo Gutiérrez, Juan Luis González Alcántara, Norma Lucía Piña y Margarita Ríos Farjat; mientras que en contra del proyecto votaron: Arturo Zaldívar, Loretta Ortíz, Alberto Pérez Dayan, Jorge Mario Pardo, Javier Laynez y Yasmín Esquivel.