Revocan Suspensión que Ordenaba al TEPJF Designar Dos Magistrados

Se analizó un recurso de queja que el Senado interpuso en contra de la suspensión provisional; se determinó que, no hay "daño inminente a la calificación de la elección"

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Sesión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)

Sesión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Foto: X @TEPJF_informa

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Un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa revocó la suspensión provisional que el juez Noveno de Distrito concedió a la Comisión Mexicana de Derechos Humanos, para que el Senado de la República nombre a dos magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Durante una sesión extraordinaria que se realizó este jueves de manera virtual, los magistrados del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa analizaron un recurso de queja que el Senado de la República interpuso en contra de la suspensión provisional.

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El proyecto de resolución fue del magistrado Alejandro Sergio González Bernabé, quien determinó que, por el momento, no existe un daño inminente a la calificación de la elección.

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Así lo mencionó el magistrado Alejandro Sergio González Bernabé.

De tal modo que, no se advierte un daño inminente porque ahora 4 de julio, incluso antes, cuando entró la demanda, la Sala no está integrada por el mínimo de seis, porque finalmente, también a la presidencia de la Sala Superior le corresponderá en su momento hacer la propuesta que corresponda de las personas magistradas que integran las salas regionales, para que el pleno de la Sala Superior designe.

¿Cómo suplir las ausencias de los magistrados electorales?

El magistrado presidente de este tribunal colegiado, Ricardo Olvera García, agregó que en la propia Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación existe un mecanismo para suplir las ausencias de los magistrados electorales.

No se acredita, ni se advierte este daño inminente e irreparable, por la simple y sencilla razón, como se expresa en el proyecto, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece un mecanismo muy específico y atendiendo a ciertos tiempos, como ya lo explicó el magistrado ponente, a efecto de suplir estas ausencias o esta ausencia para poder hacer la calificación y declaratoria de la presidente electa en este caso.

Esta resolución será enviada al juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa, quien conoce de origen el juicio de amparo, en donde el juez Rodrigo de la Peza aún debe de resolver si concede o no, la suspensión definitiva.

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Con información de Mario Torres

HVI