Tómbola Poder Judicial: Ordenan al Senado Incorporar a Candidatos Que Habían Sido Descartados

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Tribunal Electoral del Poder Judicial ordenó al Senado incorporar al proceso de insaculación a los aspirantes que cumplieron con requisitos de elegibilidad y que habían sido descartados

Senado debe Incorporar a la "Tómbola" a Aspirantes que Cumplieron Con Requisitos de Elegibilidad.

Senado debe Incorporar a la "Tómbola" a Aspirantes que Cumplieron Con Requisitos de Elegibilidad. Foto X: @TEPJF_informa

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El próximo domingo 1 de junio de 2025 se llevará a cabo en México la primera elección del Poder Judicial, en donde la gente saldrá a votar para elegir a jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). 

Este miércoles 29 de enero, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Senado incorporar al proceso de insaculación a los aspirantes que cumplieron con los requisitos de elegibilidad.

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Por mayoría de votos, los magistrados revocaron dictámenes de inelegibilidad, es decir, que presuntamente los candidatos no cumplieron con los requisitos para ser elegidos como candidatos a alguno de los 881 cargos del Poder Judicial. Estos dictámenes de inelegibilidad fueron emitidos por el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación, cuyos integrantes renunciaron el lunes 27 de enero.

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Ante esto, los magistrados del TEPJF ordenaron al Senado considerarlos parte de las personas aspirantes en la etapa de insaculación, cuyo procedimiento se hará a través de una tómbola, y que se realizará mañana jueves 30 de enero en el pleno del Senado de la República.

En los proyectos que se analizaron se consideró que:

  • Los estudios de especialidad, maestría y doctorado resultaban válidos para que se analizara si se cumplía con el promedio de 9 puntos en las materias afines para el cargo al que se postulan. 
  • Además, en otro asunto se avaló el requisito de calificación de 8, al haber obtenido el grado de licenciado en Derecho mediante acreditación de un examen ante una autoridad evaluadora.
  • También se determinó que era suficiente incorporar en la carta bajo protesta los requisitos que establece la Constitución.

Después de la sesión, se pidió al Senado tomen en consideración a las personas aspirantes elegibles en esta etapa de depuración, al cumplir con los requisitos.

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