TEPJF Confirma que los Partidos No Podrán Participar en el Proceso Electoral de Jueces

La Sala Superior confirmó la decisión del INE con una mayoría de tres votos

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La Sala Superior confirmó la decisión del INE con una mayoría de tres votos

Pleno de la Sala Superior del TEPJF. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que los partidos políticos no podrán participar en acciones, actividades y sesiones del Consejo General durante el Proceso Electoral Extraordinario para elegir a jueces, magistrados y ministros.

 

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Una mayoría de tres magistrados consideró que los consejeros electorales atendieron un mandato constitucional.

Mónica Aralí Soto Fregoso, magistrada presidenta del TEPJF:

El Instituto Nacional Electoral no excedió su facultad reglamentaria, toda vez que, atendió a un mandato constitucional expreso, pues se le confirió la facultad de emitir los acuerdos necesarios para llevar a cabo el proceso extraordinario, aunado que la exclusión atendió a que dicho mandato restringió a los partidos políticos y a consejerías del Poder Legislativo de participar en las sesiones en que se traten asuntos relacionados con los procesos para renovar cargos del Poder Judicial de la Federación

Para la magistrada Janine Otálora Malassis, la reforma establece que los partidos políticos no pueden participar en actos de proselitismo, ni posicionarse a favor ni en contra de candidatura alguna, pero consideró que no los excluye de la organización de la elección judicial, como vigilantes y contrapeso:

Es también una manera, justamente, de que dentro del propio Consejo exista de alguna manera un cierto contrapeso respecto de las y los consejeros. No se ha previsto y no está previsto actualmente una participación del Poder Judicial Federal para supervisar, justamente, los actos referentes a este proceso electoral de jueces, juezas, magistradas y magistrados, así como ministros.

Janine Otálora Malassis, magistrada del TEPJF, agregó que "También otra inquietud: estamos hablando de la interpretación de un artículo, de una norma transitoria que va a agotarse en el proceso electoral extraordinario del año 2025. ¿Cómo se va a regir entonces el proceso electoral que se llevará a cabo para la segunda parte de esta elección de todas y todos los integrantes del Poder Judicial Federal en el año 2027?".

En otro asunto, la Sala Superior ordenó que el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco realice un nuevo estudio integral sobre la posible infracción atribuida al arzobispo emérito de Guadalajara Juan Sandoval Íñiguez por la posible vulneración a los principios de laicidad por una publicación que hizo en redes sociales en torno al proceso electoral federal.

Sala Superior resolvió que Samuel García vulneró imparcialidad

Los magistrados también resolvieron que el gobernador de Nuevo León, Samuel García, vulneró al principio de imparcialidad, equidad y neutralidad en la contienda electoral en favor de Jorge Álvarez Máynez, entonces candidato a la presidencia de la República, cuando rifó una camioneta eléctrica.

Además, se ordenó a la Sala Regional Ciudad de México que analice nuevamente los elementos de prueba con los que cuenta para determinar si Luisa Gutiérrez Ureña, exdiputada del PAN en el Congreso capitalino, sufrió violencia política de género por el probable acoso sexual de un exlegislador de la bancada morenista.

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Con información de Jessica Murillo

HAVJ