Senado Cancela Reunión de Comisiones para Dictaminar Minuta Sobre INFONAVIT

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La sesión programada para este 6 de febrero de 2025 fue cancelada por falta de quórum

Senado Cancela Reunión de Comisiones para Dictaminar Minuta Sobre INFONAVIT

Instalaciones del INFONAVIT en la Ciudad de México el 28 de enero de 2025. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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La reunión de las comisiones unidas de Reordenamiento Urbano y Vivienda y de Estudios Legislativos, del Senado de la República, fue cancelada por falta de quórum este 6 de febrero de 2025.

En la reunión —que estaba programada para las 10:30 horas—se dictaminaría la minuta sobre la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y la Ley Federal del Trabajo, que contempla la creación de una empresa filial del Instituto para la construcción de vivienda.

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Cancelación, por falta de quórum

El presidente de la Comisión de Vivienda, Luis Armando Melgar, explicó que la sesión no pudo iniciar porque varios legisladores no asistieron y no se reunió el quórum legal necesario.

Asimismo, evitó señalar responsabilidades o especulaciones de por qué sucedió así.

Melgar agregó que posiblemente la reunión de las comisiones se realice el próximo martes y, en caso de aprobarse, el dictamen sea llevado al Pleno en la sesión posterior.

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Ley del INFONAVIT

La reforma al INFONAVIT, propuesta por el Ejecutivo Federal, cambia las reglas del Instituto al permitir nuevas formas de financiamiento y la creación de una empresa filial para construir vivienda.

Estos son los puntos más relevantes:

  • Se preserva el mandato de que los recursos de las subcuentas de vivienda son de los trabajadores
  • Se devolvió el carácter tripartita a la Comisión de Vigilancia, y a los Comités de Auditoría y Transparencia
  • Se mantuvo el de la Asamblea General, como auditoría suprema
  • Creación de una empresa filial, encargada de la construcción habitacional, que no será una entidad paraestatal
  • Se regula la figura del arrendamiento social, sin que el pago exceda el 30% del salario del trabajador, con opción a compra
  • Se prohíbe la actualización del saldo, el pago por concepto de amortización o accesorios de los créditos otorgados
  • Se establecen facultades de la Secretaría de Hacienda, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y la Auditoría Superior de la Federación para vigilancia y fiscalización

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Con información de Juan Pablo Narcia, N+.

spb