Jueces y magistrados federales en México mantendrán un paro de labores a partir del primer minuto del miércoles 21 de agosto de 2024, como parte de su protesta contra la reforma al Poder Judicial.
Se anunció a través de un comunicado, que los magistrados de circuito y jueces de distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED) votaron a favor de realizar la suspensión de actividades.
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Se precisa que estarán exentos de esta acción la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral.
Mientras tanto, en sesión privada, los magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizaron este martes, el proyecto de reforma que plantea una elección de funcionarios en junio de 2025.
¿Quiénes se suman al paro de labores en el Poder Judicial?
Se decretó la suspensión de actividades en los siguientes órganos del Poder Judicial de la Federación: plenos regionales; tribunales colegiados de circuito; tribunales colegiados de circuito auxiliares; tribunales colegiados de apelación; juzgados de distrito; juzgados de distrito auxiliares; tribunales laborales federales; centros de justicia penal federal; Centro Nacional de Justicia Especializado en Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones.
Durante la vigencia del paro “el personal adscrito directamente a tribunales y juzgados dejará de dar trámite a todos los asuntos de carácter jurisdiccional que haya en existencia en sus respectivos órganos, no realizarán ni ordenarán audiencias, diligencias ni actos procesales con partes, terceros ni autoridades, y no proveerán respecto de demanda, promoción, oficio ni escrito alguno”.
Personal laborará solo en estos casos urgentes
El personal adscrito a los tribunales y juzgados dé trámite brindará sus servicios en casos urgentes, con teletrabajo, por ejemplo, en los Centros de Justicia Penal Federal: en las determinaciones a la calificación de detenciones, las vinculaciones a proceso, la implementación y modificación de medidas cautelares relacionadas con prisión preventiva y las determinaciones sobre extradición.
Así mismo, solo las audiencias de juicios que hubieren iniciado antes de la suspensión deberán tramitarse hasta su conclusión.
En los Centros de justicia y Juzgados de Distrito Especializados en materia de Ejecución, se considerarán urgentes: decisiones que impliquen peligro a la vida o a la integridad de las personas, gestiones previas a la inminente compurgación de la pena; beneficios preliberacionales ya determinados pendientes de ejecución, acuerdos sobre condiciones de internamiento sobre atención médica.
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Con información de N+
HVI