Elecciones 2024: Requisitos para ser Presidente Municipal y Congresista Local

Cada estado cuenta con la legislatura local para definir los requisitos, condiciones y términos para acceder al puesto

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Elecciones 2024: Requisitos para ser Presidente Municipal y Congresista Local

Cada entidad en México define los tiempos y requisitos para cargos populares locales. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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El domingo 2 de junio del 2024, las y los mexicanos viviremos los comicios más grandes de la historia del país, ya que en total se definirán 19 mil cargos de elección popular.

Entre los puestos que se elegirán será la Presidencia de la República, el Congreso de la Unión, ocho gubernaturas, la Jefatura del Gobierno de la CDMX, así como congresos locales, presidencias municipales y alcaldías.

Requisitos 

De acuerdo con la Constitución mexicana es derecho de la ciudadanía el votar en las elecciones, así como poder ser votados para todos los cargos, teniendo las calidades que establezca la ley.

En el artículo 35 de la Carta Magna se establece este derecho, señalando que el registro de candidatos y candidatas ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, y que los y las ciudadanas que soliciten su registro de manera independiente cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación.

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Por su parte, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece en su artículo 25 las disposiciones generales de las elecciones locales ordinarias en las que la legislación local definirá los plazos y mecanismos correspondientes para ocupar las vacantes en disputa.

En tanto en el artículo 26 señala que los municipios serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, conformado por un Presidente Municipal y el número de integrantes que determine la Constitución y la ley de cada entidad.

Mientras que el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dice que las constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un período adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años. 

Además, que la postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado.

Asimismo, se lee que las legislaturas estatales emitirán las normas que establezcan los procedimientos mediante los cuales definan los requisitos para los cargos de elección popular, por lo que cada entidad decide cómo se definen sus leyes electorales.

Finalmente, para conocer las disposiciones locales para elegir presidente municipal y congresos locales, se debe revisar cada una de las constituciones locales.

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Con información de N+
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