El Instituto Nacional Electoral Invalidará Triunfos Electorales
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El INE definirá si los candidatos cumplen los requisitos de elegibilidad, es decir no estar involucrados en actos de violencia de género, ser prófugos de la justicia o contar con una sentencia firme

Sesión extraordinaria del INE el 1 de abril de 2025. Foto: Cuartoscuro | Archivo
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El 15 de junio, el INE definirá si los candidatos que participaron en la elección judicial cumplen con los requisitos de elegibilidad para ocupar el cargo. Es decir, que no estén involucrados en actos de violencia de género, ser prófugos de la justicia o contar con una sentencia firme que le impida ejercer sus derechos político-electorales.
Al respecto Claudia Zavala, consejera del INE indicó:
Lo que nosotros vamos a hacer, claro, es hasta el momento de la declaración de validez y la entrega de las constancias y las asignaciones correspondientes ya que las personas están, ya que terminaron sus campañas, ya que fue electo o electa, ya que hay resultados, voy a revisar yo si puedes ocupar el cargo, si eres elegible para ese cargo, ya con los votos y ese tramo sí se lo dejaron al INE, por eso vamos a hacer esta revisión, no la idoneidad para ser candidato, sino que cumplas con esos requisitos precisos por eso nosotros retomamos los requisitos de la Constitución, el artículo 38 constitucional es claro
En sesión extraordinaria, una mayoría de ocho consejeros aprobaron el acuerdo que establece el procedimiento a seguir para constatar que los candidatos no estén involucrados en los supuestos constitucionales que les impide llegar al cargo.
Micrositio
A partir de este viernes 25 de abril activarán un micrositio para que la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil informen si algún candidato a un cargo de elección popular judicial es violentador o cuenta con una causa penal firme.
Por su parte Dania Ravel, consejera del INE precisó:
Y en el contexto de la elección de los cargos del Poder Judicial, cuya legitimidad se sostiene precisamente en la imparcialidad, la ética, el cumplimiento restricto a la ley, y el respeto a los derechos humanos, esta verificación cobra aún mucho más sentido. Lamentablemente, a pesar de la importancia de esta revisión, los comités de evaluación de los Poderes de la Unión no establecieron un mecanismo de verificación efectivo respecto a estos supuestos de inelegibilidad
Además, se aprobó que los candidatos presenten un documento en formato digital en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que no se encuentran en alguno de los supuestos previstos en la constitución, ni que sean deudores alimentarios. En contra votó la consejera presidenta, Guadalupe Taddei, quien consideró que dicha revisión excedía las facultades del INE.
No comparto la propuesta, pues atenta contra la presunción de validez con la que el Senado de la República remitió los listados, además de que infringe el principio de mínima intervención del Estado en los actos de molestia a particulares al vulnerar el principio de presunción de inocencia
Durante la sesión también se validó el Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores que serán utilizados en las elecciones. Podrán votar 99 millones 793 mil 821 mexicanos.
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Con información de Jessica Murillo
LECQ