DOF Publica Prohibición del Uso Ilícito de Fentanilo y Vapeadores

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La reforma entrará en vigor a partir de este sábado y el Congreso de la Unión tendrá seis meses para armonizar el marco jurídico de las leyes en la materia con este Decreto

DOF Publica Prohibición del Uso Ilícito de Fentanilo y Vapeadores

Un hombre 'vapea' afuera de la Cámara de Diputados durante una protesta. Marzo 12, 2023. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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El Diario Oficial de la Federación publicó este viernes las reformas constitucionales por las que se prohíbe el uso ilícito del fentanilo, así como de los vapeadores.

Reforma aprobada por el Congreso de la Unión y la mayoría de las Legislaturas locales, y decretada constitucional por la Comisión Permanente el pasado 8 enero, y que modifica los artículos cuarto y quinto de la Constitución en materia de protección a la salud.

En ellos se establece que, para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la propia disposición legal.

Así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas.

Por lo que queda prohibida la industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquiera de las actividades mencionadas anteriormente.

Entrada en vigor

La reforma entrará en vigor a partir de este sábado y el Congreso de la Unión dispondrá de seis meses para armonizar el marco jurídico de las leyes en la materia con el contenido de este Decreto.

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Con información de Héctor Guerrero

LECQ