¿Qué Sigue Después de la Aprobación de la Reforma Judicial en el Senado?

Luego de que se realizara la votación en una sede alterna por la irrupción de manifestantes en el Senado, quedó aprobada la reforma al Poder Judicial. Te decimos qué sigue en el proceso legislativo

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¿Qué Sigue Después de la Aprobación en lo General y lo Particular de la Reforma Judicial?

Senadores de Morena festejan la aprobación de la reforma judicial. Foto: Cuartoscuro

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A las 3:56 de la mañana de este miércoles 11 de septiembre de 2024, los senadores aprobaron en lo general y en lo particular la reforma al Poder Judicial, luego de una sesión maratónica de 16 horas e inédita por la irrupción de manifestantes en el Senado.

Esta situación implicó un cambio de sede a la antigua Casona de Xicoténcatl, donde se realizó la discusión y las dos votaciones: la general, con 86 votos a favor y 41 en contra, y con la misma cifra, en lo particular, para aprobarse de forma definitiva la Reforma Judicial.

¿Qué se aprobó?

El Senado aprobó reformas a la Constitución para transformar al Poder Judicial, las cuales modifican 18 artículos, adicionan seis y derogan diversas fracciones de cinco artículos.

Esta reforma establece, entre otras decisiones, la elección ciudadana de ministras y ministros de la Corte, magistradas, magistrados, juezas, y jueces mediante mecanismos públicos, abiertos e inclusivos.

Además, se separará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de la Judicatura, que se convertiría en un Tribunal de Disciplina encargado de todo lo administrativo, pero también de aplicar sanciones a los jueces y magistrados que no hicieran bien su trabajo.

La otra instancia que se crearía es el Órgano de Administración Judicial, cuyas funciones serían administrativas, de carrera judicial y de control interno.

Dicho proceso de renovación del Poder Judicial deberá finalizar en la elección federal ordinaria de 2027.

¿Qué sigue para la reforma al Poder Judicial?

Después de que el presidente del Senado de la República, Gerardo Fernández Noroña, dio lectura a la aprobación en lo general y en lo particular, la reforma se remitió a las legislaturas de los estados.

  • La Constitución indica que debe ser aprobada por la mitad más uno de los congresos estatales, esto significa que 17 entidades federativas tendrían que dar su visto bueno a esta reforma.
  • Una vez obtenida esta cifra, regresaría al Ejecutivo para su promulgación, su publicación en el Diario Oficial de la Federación y el comienzo de su vigencia.
  • Una vez que eso ocurra se deberá trabajar en las leyes secundarias para instrumentar esta reforma constitucional histórica en materia de Poder Judicial.

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Con información de Senado | Claudia Flores

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