Pensión por Viudez IMSS: ¿Quién la Puede Solicitar y Cómo?

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El trámite de la pensión por viudez del IMSS se debe realizar en la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF).

Para realizar el trámite de la pensión por viudez del IMSS se deben cumplir varios requisitos

¿Cómo realizar el trámite para pensión por viudez en el IMSS? Foto: Cuartoscuro

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La pensión por viudez del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una prestación a la cual la pareja de un trabajador fallecido tiene derecho, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos, mismos que están establecidos en la Ley del Seguro.

Por principio, hay que explicar que las únicas personas que pueden gozar de la pensión de viudez del IMSS pueden ser el cónyuge; así como concubina o concubinario del asegurado o pensionado fallecido y, a falta de cónyuge, podrá solicitarla la mujer u hombre con quien el asegurado o pensionado vivió durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o con quien tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

Una vez que se tenga definido al beneficiario de la pensión por viudez del IMSS para iniciar el trámite, se deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • El asegurado fallecido debería tener 150 semanas de cotización al momento de su muerte, excepto si el fallecimiento ocurrió a causa de un riesgo de trabajo.
  • El asegurado debe estar vigente en sus derechos.
  • La esposa debe acreditar el vínculo matrimonial, o la concubina o concubinario la relación de concubinato.
  • Si el fallecimiento del asegurado es derivado de un riesgo de trabajo, se requiere la dictaminación de los servicios médicos institucionales, a través del formato "Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3".
  • El esposo o concubinario debe acreditar la dependencia económica con la asegurada o pensionada fallecida.

Además, se deberá presentar la siguiente documentación:

  1. Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado.
  2. Clave Única de Registro de Población (CURP) del beneficiario y del fallecido.
  3. Estado de cuenta de la AFORE que maneja la cuenta individual del fallecido o el contrato firmado con la AFORE, con una antigüedad no mayor a seis meses previos a la fecha de la solicitud de la pensión, solo si el asegurado cotizó a partir del 1 de julio de 1997.
  4. Acta de defunción.
  5. Acta de matrimonio.
  6. Identificación oficial del beneficiario.
  7. Comprobante de domicilio.
  8. RFC del beneficiario.

El trámite de la pensión por viudez del IMSS deberá realizarse directamente en la la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana.