ONGs Califican de Asesinato Muerte de Migrantes en Chihuahua

Organizaciones en defensa de los derechos humanos responsabilizan a las autoridades federales por la tragedia y señalan negligencia en el respeto a las garantías de personas migrantes

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Roberto Hernández | N+

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¿La tragedia en Ciudad Juárez se puede calificar como homicidio doloso?

Personas dejan flores en las instalaciones del INAMI, en Ciudad Juárez. Foto: Raúl Baylon

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La muerte de 40 personas migrantes debido al incendio en las instalaciones del Instituto Nacional de Migración (INAMI) en Ciudad Juárez, Chihuahua, destapó una oleada de señalamiento por parte de organizaciones en defensa de los derechos humanos acerca de negligencia en el trato y respeto a las garantías individuales de las personas en situación de movilidad.

Un video difundido en redes sociales da cuenta del momento en el que personal que aparentemente pertenece al INAMI en Ciudad Juárez decide abandonar el área en la que se observa el incendio de una colchoneta, mientras otras personas intentan abrir una reja para alejarse de la zona.

La Comisión Mexicana de Defensa y Protección de los Derechos Humanos (CMDPDH) calificó como asesinato la tragedia y señaló que esto se debió a negligencia y vulneración del derecho a la vida de las personas.

Condenamos la negligencia criminal del INM que culminó en el asesinato de al menos 41 personas en la estancia provisional (centro de detención migratoria) de Ciudad Juárez, Chihuahua, después de que un incendio se propagara dentro de las instalaciones de la estancia, mientras las personas se encontraban privadas de la libertad bajo candados

Acusó que el actuar de las autoridades migratorias resultó en “la vulneración del derecho a la vida de las personas, constituye un acto criminal, ya que las personas migrantes se encontraban bajo la custodia del Estado, en centros de detención operados por el INM, en clara contravención de cualquier norma de derechos humanos”.

La CMDPDH responsabilizó al INAMI por la detención arbitraria y por “el asesinato de las personas migrantes” debido a la falta de protocolos, medidas de seguridad y rutas de evacuación en casos de este tipo.

Las estaciones migratorias y estancias provisionales constituyen entornos torturantes, donde las personas se encuentran en hacinamiento, sin acceso a agua, a alimentos de calidad, a servicios de salud, a espacios de descanso y de higiene personal adecuados

La detención migratoria mata

El Instituto para las Mujeres en la Migración AC (IMUMI) no solo pidió la renuncia de Francisco Garduño Yáñez, titular del INAMI, acusó que la política de contención migratoria es una de las causantes de tragedias como la ocurrida en Ciudad Juárez, además, recordó el caso de Tabasco en 2020.

Responsabilizamos al Gobierno de México y al INAMI por el incendio en la estación migratoria de Ciudad Juárez donde murieron 41 personas (...) La detención migratoria debe ser excepción no la regla

Bajo el lema “La detención migratoria mata”, el IMUMI recordó que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 69/2020 por un caso en Tabasco similar al de Ciudad Juárez.

“El INAMI no garantizó la integridad de las personas detenidas en la estación migratoria, no existieron garantías de no repetición y hoy nuevamente su política de contención mató”.

El caso al que hace referencia es el del 31 de marzo de 2020, cuando una persona de origen guatemalteco murió en un incendio en la estación migratoria de Tenosique, Tabasco, derivado de un supuesto motín. También se reportó al menos una decena de personas lesionadas.

Por su parte, la organización RacismoMX se sumó a la condena en contra de las autoridades federales y las responsabilizó por no garantizar las condiciones necesarias para salvaguardar la integridad de las personas en movilidad humana en el territorio mexicano.

La responsabilidad no es de las víctimas, es del Estado mexicano, que tiene la obligación de crear las medidas de seguridad para salvaguardar la integridad de las personas bajo su jurisdicción, como son las personas en situación de movilidad humana

Homicidio que se pudo prevenir

Yoceline Gutiérrez, coordinadora del área de solicitantes de asilo en la CMDPDH, considera que el actuar de las autoridades en la tragedia en Ciudad Juárez se puede considerar un homicidio doloso, incluso, una ejecución extrajudicial.

Una ejecución extrajudicial es el acto de matar deliberadamente a una persona al margen de cualquier marco jurídico, es decir, la privación arbitraria de la vida a una o más personas por parte de agentes del Estado, o bien de particulares bajo su orden, complicidad o aquiescencia sin un proceso judicial o legal que lo disponga

Explica que el trato que se le dio a las personas migrantes que perdieron la vida se trata de un acto violatorio de derechos humanos reconocido por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

“La diferencia es que la legislación nacional (específicamente el Código Penal) no ha retomado este término, pero encuadra en el tipo penal de homicidio doloso, es decir, tiene el tratamiento de un delito”.

Para argumentar la tipificación asegura que el Estado pudo y debió haber tomado acciones para evitar el hacinamiento en las instalaciones del INAMI y con ello prevenir el desenlace fatal. 

No detenerlos si no se pueden tener en condiciones seguras. Y al haber elegido por no prevenir eso se llama ‘violación al deber de cuidado’, eso es lo que convierte a la conducta en dolosa

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