IMSS: ¿Qué Es la Ley 73 de Pensiones del Seguro Social?
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Para tramitar la pensión del IMSS por el régimen de la Ley 73, primero es necesario haber cotizado en ese régimen y contar con el número de semanas que se solicitan.

La Ley 73 del IMSS se aplica a aquellos registrados antes del 1 de julio de 1997. Foto: Pixabay.
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Si durante tu vida laboral te diste de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) antes del 1 de julio de 1997 y estás pensando en jubilarte, es importante que sepas cuáles son las características de tu régimen.
A continuación te explicaremos qué es el régimen de la Ley 73 del IMSS y te diremos cuáles son sus modalidades.
Régimen de la Ley 73 del IMSS
Conocer el régimen al que perteneces es clave para resolver los problemas más comunes que puedas encontrarte al momento de tramitar tu pensión del IMSS.
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De acuerdo con una publicación de PENSIONISSSTE, si te diste de alta en el IMSS antes del 1 de julio de 1997 , tu régimen es la Ley 73. Pero, si te registraste a partir del dicha fecha, entonces perteneces al régimen de la Ley 97.
Ahora, existen dos modalidades de pensión, por cesantía, cuando tu edad es entre 60 y 64 años; y por vejez, a partir de que hayas cumplido los 65 años. Para ambos casos en necesario haber cotizado el número de semanas requeridas.
Si decides retirarte antes de cumplir los 65 años de edad, debes tener en cuenta que se otorgará una pensión menor, la cual se calcula de acuerdo al porcentaje de la pensión que obtendrías al cumplir 65 años.
A continuación te desglosamos los porcentajes de pensión según la edad de retiro y la modalidad:
Pensión por vejez
- Si te retiras a los 65 años, el porcentaje de la pensión sería del 100%.
Pensión por cesantía
- Si te retiras a los 64 años, el porcentaje de la pensión sería del 95%.
- A los 63 años, el porcentaje de la pensión que te tocaría sería del 90%.
- Al hacerlo a los 62 años, te tocaría un porcentaje del 85%.
- Si decides retirarte a los 61 años, el porcentaje de tu pensión sería del 80%.
- Retirarte a los 60 años, te dejará con un porcentaje de pensión del 75%.
Es importante que te encuentres dentro del periodo de conservación de derechos, esto será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por tus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de la baja y, para esto es necesario haber cotizado ante el IMSS mínimo 500 semanas.
Además, el pago de la pensión sería el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, las cuales corresponden a un periodo de 5 años.
Para finalizar, recuerda que puedes conocer los requisitos, los pasos para llevara a cabo el trámite y los documentos necesarios, entrando a este sitio web de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR). También, puedes comunicarte al centro de atención llamando al 55 5062 0555 desde la CDMX, y al 800 400 100/200 desde el interior de la República.