INE Aprueba 34 MDP como Tope de Gasto para Morena y Frente Amplio

Luego de una sesión extraordinaria y a solicitud del Tribunal Electoral, se definieron los lineamientos que entran en vigor a partir de este jueves 27 de julio

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INE Aprueba 34 MDP como Tope de Gasto para Morena y Frente Amplio

Momento en que consejeros del INE aprueban los lineamientos generales. Foto: INE

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El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los procesos, actos, actividades y propaganda realizados en los procesos políticos.

Video: INE Aprueba Lineamientos para Fiscalizar Procesos Políticos

En acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad, los lineamientos, que van encaminados a temas de propaganda, fiscalización y llamado al voto por parte de los aspirantes, entre lo que se fijo un tope de gastos de 34 millones de pesos para Morena y Frente Amplio.

Los Lineamientos tienen como objetivo regular y fiscalizar los Procesos Políticos para salvaguardar los principios de equidad, imparcialidad, neutralidad y legalidad de cara al Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024

Luego de una sesión extraordinaria y a solicitud del Tribunal Electoral, se definieron los lineamientos, mismos que entran en vigor a partir de los primeros minutos del jueves 27 de julio.

Fiscalización será especializada, adecuada y expedita

La fiscalización de los Procesos Políticos estará a cargo del INE, a través de la Comisión de Fiscalización y de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF), la cual se realizará de manera especializada, adecuada, expedita y apegada a los principios de certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia y rendición de cuentas.

Los sujetos que serán fiscalizados en los procesos políticos son los partidos políticos nacionales (PPN), las personas inscritas en dichos procesos y, en su caso, las demás personas aportantes.

De acuerdo con los lineamientos, el periodo sujeto a fiscalización iniciará con el acuerdo o convocatoria para la celebración del proceso político y concluirá con la publicación de los resultados o declaración final.

Los gastos que realicen los PPN para estos procesos con recursos para actividades ordinarias permanentes y las aportaciones de la militancia y simpatizantes durante el ejercicio de que se trate, forman parte del gasto ordinario.

Los PPN deberán establecer los topes de gastos que cada persona inscrita en su proceso político podrá aplicar a los gastos directamente vinculados a ella. En ningún caso, los topes que se establezcan serán superiores a la cantidad de 34 millones 370 mil 666 pesos por persona inscrita.

Para ello, la UTF realizará monitoreos y visitas de verificación para identificar actos tales como eventos y recorridos, así como distribución o colocación de propaganda realizados por los sujetos obligados o personas inscritas.

¿Qué es un proceso político, según el INE?

De acuerdo con la discusión y definición aprobada por los consejeros, los procesos políticos son:

 Conjunto de actos, actividades y propaganda que realizan los partidos políticos y cualquier persona cuya naturaleza y finalidad sea establecer una estrategia encaminada a posicionar y/o definir liderazgos políticos, que podrían ostentar una precandidatura o candidatura en el proceso electoral, así como aquellos otros procesos que sean similares

Otros lineamientos importantes del INE

Durante la sesión del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), también se establecieron las siguientes directrices:

  • Queda prohibido el acceso a tiempos oficiales de radio y televisión para los procesos políticos. Durante dichos procesos, los partidos sólo podrán difundir propaganda genérica relativa a sus actividades.
  • Los partidos políticos no podrán contratar o adquirir, por sí o terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión para difundir mensajes relativos a los procesos políticos.
  • El INE podrá solicitar el retiro inmediato de toda propaganda que contenga elementos de naturaleza electoral, es decir, para promover un cargo de elección popular.
  • No existe fundamento legal que obligue a las personas servidoras públicas a separarse del cargo que ocupan para que puedan participar en los proceso políticos, pues se trata de un proceso intrapartidista, como ha dicho el TEPJF.
  • Se enfatizó que los actos anticipados de precampaña y campaña siguen estando prohibidos, y que los procesos políticos que estamos viendo actualmente son propios de la autoorganización de los partidos políticos.

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Con información de N+

KAH | ICM