¿Cómo se Llamará el Organismo que Sustituirá al INAPAM?

De aprobarse la iniciativa de ley presentada en la Cámara de Diputados, el INAPAM sólo dejaría de existir como órgano descentralizado

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La Secretaría del Bienestar tiene la facultad de coordinar, supervisar, impulsar y dar seguimiento a los derechos de los personas adultas mayores

El INAPAM podría ser anexado a la Secretaría del Bienestar. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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Desde el pasado 18 de abril se presentó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados una iniciativa de ley para que 18 organismos descentralizados sean eliminados o anexados a secretarías de Estado. Tal es el caso del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), que, de acuerdo con la propuesta, sería anexada a la Secretaría del Bienestar

A continuación te contaremos más detalles sobre la iniciativa, que involucra la desaparición del INAPAM, y te diremos cómo se llamará el organismo que lo sustituiría en la Secretaría del Bienestar. 

¿Qué pasaría con el INAPAM si se aprueba la iniciativa? 

De acuerdo con la publicación de la Gaceta Parlamentaria, la iniciativa de ley propone, como se mencionó al inicio de esta nota, que la estructura y función del INAPAM pasará a formar parte de la Secretaría del Bienestar. 

Esto significa que el Instituto dejará de ser un organismo descentralizado y ahora sería una unidad administrativa de la Secretaría del Bienestar. 

Es importante señalar que la Secretaría del Bienestar tiene la facultad de coordinar, supervisar, impulsar y dar seguimiento a las políticas de atención y ejercicio de derechos de los personas adultas mayores. 

La presente iniciativa pretende convertir al INAPAM en una unidad administrativa de la Secretaría del Bienestar denominada Consejo Nacional de las Personas Adultas Mayores, cuyo objeto seguirá siendo coordinar, promover, apoyar, fomentar, vigilar y evaluar las acciones públicas, estrategias y programas que se deriven de la política nacional en favor de las personas adultas mayores.

Se lee en el documento publicado en la Gaceta Parlamentaria. 

¿Cuál será el nuevo nombre del INAPAM?

Tal como propone la iniciativa, el INAPAM cedería sus funciones al nuevo Consejo Nacional para las Personas Adulta Mayores (Conapam)

Así que, en resumen, de aprobarse la iniciativa de ley presentada en la Cámara de Diputados, el INAPAM sólo dejaría de existir como órgano descentralizado, formaría parte de la Secretaría del Bienestar y se llamaría Consejo Nacional para las Personas Adultas Mayores. 

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¿Cuáles serían las funciones del Consejo Nacional para las Personas Adultas Mayores? 

El Consejo Nacional de las Personas Adultas Mayores tendrá las siguientes funciones y facultades de acuerdo con la iniciativa de ley presentada en la Cámara de Diputados, el pasado 18 de abril:

  • Tendrá la posibilidad de contar con la infraestructura, recursos materiales y humanos que la Secretaría del Bienestar destine de manera flexible conforme al crecimiento de las necesidades ejecutivas en la materia.
  • La política de las personas adultas mayores se podrá interrelacionar de manera cotidiana y efectiva con el resto de la política social del Gobierno Federal.
  • La reforma propone que al Consejo Nacional de las Personas Adultas Mayores lo acompañe el Consejo Ciudadano de Personas Adultas Mayores a fin de contribuir al reconocimiento de los derechos humanos, la inclusión e integración social de las personas adultas mayores.

De igual manera, las personas que trabajan en INAPAM no tendrán que preocuparse por perder su empleo, ya que se confirmó que, en caso de aprobar la iniciativa de ley, los trabajadores del instituto no serán despedidos, se trasladarán a las instalaciones de la Secretaría del Bienestar y conservarán sus funciones. 

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