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INAI Presentará Recurso Tras Negativa de SCJN para Sesionar con 4 Comisionados
El INAI presentará un recurso de reclamación ante la SJCN luego del revés que le dio a esta institución para que pueda sesionar con cuatro comisionados
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Comisionados del INAI celebran una sesión extraordinaria en marzo de 2023. Foto: Cuartoscuro | Archivo
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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) presentará un recurso de reclamación ante la Suprema Corte de Justicia (SJCN) luego del revés que el Máximo Tribunal dio a esta institución para que pueda sesionar con cuatro comisionados.
Ayer lunes, la ministra Loretta Ortiz negó la suspensión al INAI que le permitiría sesionar con cuatro de los siete comisionados que forman al pleno. Detalló que buscará que la SCJN analice el acuerdo y le permita garantizar los derechos que la Constitución le encomienda.
El órgano federal de transparencia recordó que apenas el pasado 27 de marzo presentó una controversia constitucional en contra del Senado, ante la falta de nombramientos de los comisionados necesarios para integrar el pleno de ese organismo.
“La única finalidad es que el organismo garante nacional esté en posibilidad de cumplir con su mandato constitucional y garantizar los derechos humanos de acceso a la información y de protección de datos personales, permitiéndole sesionar con los cuatro integrantes en funciones, hasta en tanto concluya el proceso de nombramiento por parte del Senado de la República”, se lee.
El INAI precisó que tanto el revés por parte de la Corte, como la falta del nombramiento de los comisionados faltantes, atentan contra la autonomía constitucional de este Instituto, toda vez que la omisión reclamada le impide sesionar en términos de la ley, la cual establece que para funcionar requiere, cuando menos, cinco integrantes.
En la demanda se solicitó la suspensión para el efecto de que se realizara una interpretación a la norma que prevé la integración y quórum mínimo del Pleno, establecido en el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, frente a lo que dispone el artículo 6º de la Constitución, que únicamente precisa que el Pleno del Instituto se integrará por siete comisionados.