IMSS: ¿Cuánto dinero da por gastos funerarios en 2023?
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El trámite es completamente gratuito y deberá realizarse en tu Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación que te corresponda.

Los solicitantes deben cumplir con varios requisitos para obtener el apoyo. Foto: Pixabay | Ilustrativa
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La vida es impredecible y es por esa razón que aunque el fallecimiento un familiar pueda parecer lejano, lo más importante es estar preparado para cuando eso suceda y, aunque muchas personas no lo saben, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga un apoyo por gastos funerarios.
Es por este motivo que a continuación te explicaremos cuánto dinero da el IMSS por gastos funerarios y además te compartiremos los requisitos que debes cumplir para tramitarlo.
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Recuerda que el trámite es completamente gratuito y deberá realizarse en tu Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación que te corresponda.
¿Qué es el apoyo por gastos funerarios del IMSS?
Es una prestación que el IMSS otorga a sus asegurados y pensionados, a través de la cual el instituto entrega una cantidad de dinero preferentemente a los familiares con el fin de apoyar a las familias en los gastos del funeral.
Cabe destacar que para que este apoyo pueda entregarse, el asegurado fallecido deberá tener al menos doce semanas de cotización en los nueve meses anteriores al fallecimiento y únicamente cuando el fallecimiento sea por riesgo de trabajo, el derechohabiente no requerirá semanas previas de cotización.
¿Cuánto dinero da el IMSS por gastos funerarios?
El IMSS deberá entregar una ayuda para gastos de funerarios, equivalente a 60 días de salario mínimo general vigente, los cuales se calculan considerando el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que corresponda a la fecha de fallecimiento.
¿Cuáles son los requisitos?
Las personas interesadas en tramitar el apoyo del IMSS por gastos funerarios deberán cumplir con los siguientes requisitos y documentos en original y copia de quien solicita el trámite y del fallecido:
- Que el asegurado se encuentre vigente en sus derechos al momento del fallecimiento.
- Tratándose del fallecimiento de pensionado, deberá de haber estado vigente en sus derechos.
- CURP.
- Número de seguridad social.
- Factura que demuestre el pago de los costos funerarios.
- Acta de defunción.