Tras 8 Años de Lucha, Familia Gana Juicio al IMSS: Hijo Sordo Tendrá Implante

La Segunda Sala de la Suprema Corte resolvió que el IMSS debe darle el implante coclear que necesita a un niño que durante ocho años ha estado condenado al silencio

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Andrea Vega

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Con la resolución de la SCJN, el IMSS está obligado a dotar el menor del implante que necesita.

Con la resolución de la SCJN, el IMSS está obligado a dotar el menor del implante que necesita. Foto: AP | Archivo

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María Jesús Leyva ya había perdido la esperanza de que su hijo, Anyiel, quien padece una severa discapacidad auditiva, pudiera escuchar y hablar. Durante ocho años les habían hecho dar tantas vueltas en todos lados y en todos les habían dado tantas largas y negativas para proporcionarles el aparato que el niño necesita, que ya no tenía a donde más acudir. 

Pero este viernes 8 de septiembre se enteró que la Suprema Corte de la Nación (SCJN) resolvió en un amparo que el IMSS, de donde son derechohabientes, tiene que darle a su hijo el implante coclear que todos estos años le ha negado, condenándolo así al silencio

La sordera bien atendida es la única discapacidad que se puede vencer, explica Amanda Aspiri, fundadora y presidenta de la asociación Escuchar es lo Máximo, pero el IMSS y otras instituciones les niegan a los niños con esta condición el acceso a los implantes que son la vía para que puedan oír y hablar. 

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Un implante de cóclea es un dispositivo electrónico que mejora la audición. A diferencia de los audífonos, que amplifican el sonido, un implante de cóclea pasa por alto las partes dañadas del oído para enviar las señales sonoras al nervio de la audición (nervio auditivo). 

Lo ideal es colocar estos aparatos en los niños con hipoacusia antes de los dos años, para que puedan adquirir el lenguaje, de lo contrario además de no poder escuchar se quedan también sin habla. 

Sin embargo, en el artículo 42, fracción II, del Reglamento de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social se excluye del seguro de enfermedades y maternidad el otorgamiento de aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis, lo que significa que no solo se impide que tales prestaciones se concedan directamente por el instituto, sino también que sean objeto de los convenios de subrogación, coordinación y colaboración que puede celebrar con otros organismos públicos del sector salud.

Una batalla de ocho años

Anyiel nació el 6 de junio de 2015. Le hicieron las pruebas de tamiz auditivo, que antes se les hacían a todos los bebés. Los resultados arrojaron que algo andaba mal. Le hicieron más estudios para confirmar el diagnóstico, pero este no fue concluyente. 

Los padres acudieron a una clínica privada para confirmarlo, el Hospital Infantil de Las Californias en Tijuana, ahí les dijeron que su hijo tenía hipoacusia bilateral severa (incapacidad de percibir sonidos en ambos oídos) y que necesitaba un implante coclear, cuenta María Jesús Leyva, en entrevista con N+.

La operación y el dispositivo tienen un costo de alrededor de dos millones de pesos, es algo que nosotros no podemos pagar, mi esposo se dedica a las ventas y yo me ocupo limpiando casas.

Volvieron entonces al IMSS. Ahí empezaron las negativas y las vueltas. La nota médica NSS 2407-86-2579 expedida por la doctora Myriam Alejandra Guerrero Meza del Instituto Mexicano del Seguro Social, precisa que el menor, en efecto, es candidato a implante coclear, pero “se informa a la madre que el IMSS no lo proporciona en ninguna unidad médica hospitalaria a nivel nacional, por lo que se sugiere solicitar apoyo al DIF nacional o instituciones de beneficencia, ya que el paciente, además, cuenta con probable autismo”.

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Los padres fueron al DIF, que por esos días iniciaba una campaña para realizar implante coclear en niños y niñas menores de 5 años. Pero se toparon con que el programa se realizaba a través del entonces Seguro Popular (hoy IMSS-Bienestar), al que la familia no acreditaba porque tenía IMSS.  

La solución no fue solución. Durante una de las citas, los médicos del Seguro Social les sugirieron que para que el niño pudiera recibir el implante, el padre se diera de baja del IMSS por seis meses para poderlo transferir al Seguro Popular.  

Por esos años mi esposo trabajaba en Coppel y le dijeron que ellos no podían darlo de baja porque es una obligación de ellos darles seguridad social y de él como padre asegurar al niño, además de que averiguamos y nos dijeron que en el Seguro Popular tampoco ponían los implantes.

La vía legal

Entonces una doctora les sugirió acudir a la asociación Escuchar es lo Máximo, en donde les aconsejaron promover un juicio de amparo que presentaron el 6 de marzo de 2020, con el apoyo probono de la fundación de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados.

Este amparo llegó hasta la Segunda Sala de la Suprema Corte que este 7 de septiembre resolvió otorgarlo a favor del niño, para que el IMSS proporcione atención médica integral y tome las medidas necesarias para garantizar la colocación del implante o de cualquier otro dispositivo que resulte apto para su tratamiento, incluyendo la rehabilitación correspondiente. 

El hecho de que el Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS excluya del seguro de enfermedades y maternidad el otorgamiento de aparatos auditivos, dice el comunicado de la Corte respecto al caso, impide que el instituto conceda estas prestaciones de manera directa o a través de convenios con otros hospitales, lo cual lesiona el derecho a la protección de la salud, reconocido en la Constitución Federal y los tratados internacionales de los que México forma parte.

La Sala resaltó que, tratándose de niñas, niños y adolescentes, los derechos de protección a la salud y a la seguridad social adquieren especial relevancia, sobre todo si sufren alguna discapacidad, puesto que el interés superior de la infancia impone a todas las autoridades el deber de garantizar, hasta el máximo de los recursos disponibles, la protección y materialización de sus derechos.

Las implicaciones para el niño y su familia

“Ha sido una batalla muy larga, de ocho años, en los que le han quitado a mi hijo la oportunidad de escuchar y también de hablar”, reprocha María Jesús. 

Anyiel está en una escuela especial para niños con problemas auditivos y otras discapacidades. Cursa el primer año, aunque él debería estar en segundo. Pero, aunque no está aun confirmado, es probable que tenga autismo, así que no se le ha podido enseñar la lengua de señas, lo que dificulta por completo su aprendizaje

La oportunidad de escuchar llega tarde para Anyiel. “Las personas hablamos porque escuchamos y el lenguaje oral no nada más nos sirve para comunicarnos, nos ayuda en todo la estructura mental, para muchos procesos de desarrollo y de aprendizaje, como la lectura, la escritura la formación del pensamiento abstracto, así que el impacto para este niño ha sido muy grande”, dice la presidenta de la asociación Escuchar es lo Máximo, Amanda Aspiri.  

Tanto, dice María Jesús, que no se sabe si en realidad el niño tiene autismo o solo es que no escucha y por eso tiene varios otros problemas de comportamiento y aprendizaje. 

Así que, dice la madre, “espero que esta lucha de verdad ayude a más niños que nacen con la discapacidad auditiva y que el IMSS ya lo ponga en su lista de operaciones para que los procesos no duren años y eso retrase la escucha y el habla de los niños”. 

De hecho, la sentencia, al haberse emitido por unanimidad de votos de los ministros de la Segunda Sala de la SCJN es precedente obligatorio que podrá ser observado en juicios de amparos similares

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