Es oficial: DOF Publica Plan B de la Reforma Electoral
Hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, con efecto a partir de mañana viernes 3 de marzo. No afectará comicios de junio en Estado de México y Coahuila
N+
COMPARTE:
Este jueves 2 de marzo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que modifica las leyes secundarias que forman parte del llamado 'Plan B' de la Reforma Electoral impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).
Con este decreto se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Te recomendamos: SCJN Admite Controversia por 'Plan B' de Reforma Electoral
La reforma fue aprobada el 22 de febrero por el Senado tras semanas de polémica y la eliminación de la cláusula conocida como "vida eterna", que permitía a los partidos en coalición traspasar votos para evitar perder su registro en caso de obtener menos del 3% de los sufragios, como está establecido en la Constitución.
Los cambios entrarán en vigor a partir de este viernes 3 de marzo, pero no serán aplicables a los procesos electorales de los estados de México y Coahuila, a realizarse el próximo 4 de junio. En el texto se explica que los gastos que se generen por la entrada en vigor de este decreto habrán de cargarse al presupuesto aprobado al Instituto Nacional Electoral (INE), por lo que no se autorizarán recursos adicionales.
¿Qué sigue ahora que se ha publicado el Plan B?
Con la publicación del decreto en el DOF empiezan a correr varios plazos legales: por un lado para la implementación de las normas y por el otro para los recursos de impugnación que se van a presentar.
De acuerdo con la ley, se tienen que esperar 30 días después de la entrada en vigor para que se puedan presentar controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.
En lo que respecta a los plazos para la implementación, destacan algunas acciones que tendrá que hacer el INE. Por ejemplo, se estipula que para abril de 2023 habrá de identificar las medidas, adecuaciones administrativas y el costo que implicará la reestructuración orgánica. Y para mayo ya deberá tener identificado al personal que será despedido.
Para cubrir el pago de posibles indemnizaciones, se destinarán los recursos que integran los fideicomisos de pasivo laboral y de infraestructura inmobiliaria del instituto. Una vez que hayan realizado los pagos correspondientes, dichos fideicomisos se extinguirán y en caso de haber remanentes se entregarán a la Tesorería de la Federación.
La implementación de las nuevas disposiciones va a dar lugar a otros mecanismos de impugnación, que van desde los juicios y amparos de los trabajadores del INE, hasta otros recursos de la ciudadanía que atiendan el llamado del instituto para impugnar esta reforma.
Eventualmente entrará en juego el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pero la supervivencia del Plan B dependerá de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
¿En qué consiste el Plan B de la Reforma electoral?
Entre los principales puntos del llamado Plan B de la Reforma electoral destacan:
- Se abroga la ley general del sistema de medios de impugnación en materia electoral.
- Se reducirán las unidades administrativas, órganos delegacionales y subdelegacionales del INE.
- El secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo tendrá que dejar el cargo. Inmediatamente, el Consejo General deberá nombrar a un encargado del despacho que ocupará este cargo hasta mayo de este año, cuando se designe al nuevo titular.
- Se ratifica a los actuales consejeros electorales del Consejo General y al titular del Órgano Interno de Control del INE hasta que terminen su encargo.
- Los organismos públicos locales deberán hacer sus propias adecuaciones para reducir su estructura.
- A más tardar en la sesión ordinaria de mayo de 2023, el consejo general del INE deberá emitir un reglamento único que regule el funcionamiento de su estructura orgánica, así como la organización y el funcionamiento de las comisiones del consejo general y los órganos del instituto.
- A más tardar el 30 de julio de este año el INE deberá expedir un nuevo estatuto del servicio profesional electoral nacional para unificar sus dos sistemas: el nacional y el de los organismos públicos locales.
Con información de N+
AAE