Ley 3 de 3, Constitucional; Suspende Derechos a Agresores Sexuales

La 'Ley 3 de 3, contra la violencia' permite suspender derechos para ocupar cargos públicos a agresores sexuales y deudores alimentarios

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Comisión permanente del Congreso de la Unisón

Sesión de la Comisión Permanente, el pasado 9 de mayo de 2023. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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El pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión elevó a rango constitucional la Ley 3 de 3, contra la violencia, luego de ser aprobada por más de 16 congresos locales.

La Ley 3 de 3 reforma y adiciona los artículos 38 y 102 de la Constitución Política con lo que se permite suspender derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público a agresores sexuales y deudores alimentarios.  

Con estos cambios se adicionan las causales por las que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden, ya sea por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, y el normal desarrollo psicosexual.  

Así como por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y por ser declarada persona deudora alimentaria morosa. 

La reforma también incluye como requisito, para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República, que se requiere gozar de buena reputación, y no haber sido condenada por la comisión de delito doloso.

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Con información de N+ y Senado.

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