Secretario Ejecutivo del INE Cesado del Cargo por Plan B; Presentan Impugnación

Edmundo Jacobo Molina debió dejar el cargo porque así lo establece el llamado Plan B de la Reforma Electoral, publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación

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Cesan a Edmundo Jacobo como secretario ejecutivo del INE

Edmundo Jacobo Molina durante conferencia en CDMX el 3 de junio de 2022. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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El Instituto Nacional Electoral (INE) presentó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) un juicio electoral por la destitución de Edmundo Jacobo Molina como titular de la Secretaría Ejecutiva de dicho instituto.

Jacobo Molina debió dejar el cargo porque así quedó establecido en el llamado Plan B de la Reforma Electoral, impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y que este jueves fue publicado por el Diario Oficial del a Federación (DOF).

A través de un comunicado, el INE explicó que la entrada en vigor del decreto —por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral— determina el cese del hasta ahora Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), Edmundo Jacobo Molina.

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"La autoridad electoral reconoce el trabajo, dedicación y vocación democrática, durante 14 años, de Edmundo Jacobo, quien ha contribuido a la construcción de un México de libertades y derechos", expresó el instituto.

Precisó que ante la media ordenada por el Poder Legislativo, la autoridad electoral refrenda su compromiso con el cumplimiento de la Ley; sin embargo, "este Decreto es inconstitucional al invadir competencias de la autoridad electoral y contravenir derechos amparados por la Constitución".

El INE refirió que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Secretario Ejecutivo será nombrado con el voto de las dos terceras partes del Consejo General a propuesta de su Presidente. 

Señaló que de esa forma, el 6 de febrero de 2020, el Consejo General designó a Edmundo Jacobo Molina como titular de la Secretaría Ejecutiva del INE, por un nuevo periodo de seis años.

Además, el instituto precisó que la Carta Magna señala que no se pueden expedir leyes privativas en contra de una persona específica, por lo que no se puede disminuir el periodo del nombramiento de un Secretario Ejecutivo en lo particular: 

Por ello, tanto Edmundo Jacobo como el INE, pueden impugnar esta medida, sin dejar de acatarla

El INE agregó que a pesar de la salida de Edmundo Jacobo Molina y el inminente nombramiento de un nuevo secretario ejecutivo, prevalece la instrucción de las 11 consejeras y consejeros electorales para que quien ostente la representación legal del INE impugne la Reforma Electoral, debido a las múltiples inconstitucionalidades que presenta.

Por todo lo anterior, de inmediato presentaron un juicio electoral ante la Sala Superior, alegando la inconstitucionalidad del artículo transitorio que cesa al Secretario Ejecutivo.

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Con información de N+

AAE