Dan Paso a Extinción de Dominio de Residencia de Emilio Lozoya

La posibilidad para que el inmueble sea transferido a la Federación se abre por la revocación del fallo de un juez que declaró improcedente la acción de extinción de dominio

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Dan Paso a Extinción de Dominio de Residencia de Emilio Lozoya

Emilio Lozoya sale del Reclusorio Norte tras la suspensión de su audiencia, 8 de mayo de 2024. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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Un tribunal federal revocó el falló de un juez que declaró improcedente la acción de extinción de dominio de la residencia del exdirector de Petróleos Mexicanos, Emilio ‘N’, ubicada en la colonia Lomas de Bezares, en la Ciudad de México.

Lo que abre la posibilidad para que la Fiscalía General de la República (FGR) proceda a transferir a la Federación el inmueble.

El 9 de mayo, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materias Civil, Administrativa y Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones del Primer Circuito, revocó la resolución dictada en primera instancia y que puso freno a las intenciones de la Fiscalía General de la República de obtener la residencia.

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La sentencia no está firme, y la defensa del exfuncionario puede promover un juicio de amparo, lo que extendería el proceso para la extinción de dominio.

Caso Agronitrogenados

La Fiscalía General de la República presume que Emilio recibió 3.4 millones de dólares, a través de su hermana Gilda Susana, provenientes de parte del exdueño de Altos Hornos de México, Alonso Ancira Elizondo, a cambio de que Pemex adquiriera la planta chatarra de Agronitrogenados.

En noviembre de 2023, Ana Lilia Osorno, jueza Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia, declaró improcedente la acción de extinción de dominio contra la residencia que fue asegurada por la FGR.

La juzgadora consideró que no se puede aplicar la ley de manera retroactiva al exfuncionario.

La propiedad fue adquirida en 2012, por 38 millones 175 mil pesos, época en que el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita no era contemplado para la extinción de dominio.

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Con información de Arturo Sierra
LECQ | ICM