¿Cuál es la diferencia entre feminicidio y homicidio en México?

Los Feminicidios y los Homicidios no son lo mismo de acuerdo con la ley de México, y aquí te explicamos por qué

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Existen dos tipo de feminicidios según la ONU

Marcha de mujeres para protestar por la muerte de la joven Ariadna Fernanda en 2022. Foto: Cuartoscuro |Archivo

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En los últimos años, en México se ha vuelto importante aclarar la diferencia entre Feminicidio y Homicidio, ya que muchas personas piensan que no existen los feminicidios y que todos los actos violentos por motivos de género que causan la muerte de mujeres y niñas, son homicidios, pero, para la ley en México, esto no es así. 

Así que en esta ocasión te explicaremos cuál es la diferencia entre Feminicidio y Homicidio en México.

Diferencia entre Feminicidio y Homicidio 

Es importante comenzar explicando que, de acuerdo a los artículos 302 y 307 del Código Penal Federal, el delito de homicidio es aquel que priva de la vida a otro, y la persona responsable de cualquier homicidio simple que no tenga prevista una sanción especial ante el Código Penal, deberá cumplir una pena de 24 años de prisión.

Por otra parte, en el año 2012, se incorporó el delito de feminicidio al Código Penal Federal, en el artículo 325, en donde se señala que un feminicidio es cuando alguien priva de la vida a una mujer por razones de género. Actualmente la pena para este delito es de 40 a 60 años de prisión y de 500 a mil días de multa.

Además, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) señala que los feminicidios tienen dos categorías: feminicidios íntimos y no íntimos; el primero se refiere al asesinato de mujeres por parte de las parejas o ex parejas, y el segundo es el asesinato de mujeres por parte de personas con las que no tenían una relación íntima.

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¿Qué considera el Código Penal Federal como Feminicidio?

  • La víctima presenta signos de violencia sexual.
  • A la víctima se le infligieron lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.
  • Existen antecedentes de violencia familiar, laboral o escolar del señalado en contra de la víctima.
  • La persona tuvo una relación sentimental, afectiva o de confianza con el supuesto feminicida.
  • Que se hayan presentado amenazas relacionadas con el delito, lesiones o acoso del acusado contra la víctima.
  • Que la afectada haya sido incomunicada previo al delito.
  • El cuerpo fue expuesto o exhibido en un lugar público.

Así mismo, el Código Penal destaca que, cuando un servidor público retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia, se le impondrá una pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días de multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo y cargos públicos.

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