Así es la Burocracia de Cofepris contra la Marihuana
Pese a que la Corte señaló que la Cofepris debía emitir los permisos para uso personal y recreativo de la marihuana, esta autoridad los niega bajo diversos argumentos
Andrea Vega | N+
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Alejandro Juárez inició ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) el trámite para obtener su permiso de consumo recreativo de marihuana en diciembre del año pasado y todavía no lo tiene.
La Cofepris, cuenta, le respondió en febrero pasado que la autorización no es de su competencia, sin embargo, Alejandro averiguó cómo hacerle frente a dicha respuesta y recién, con asesoría legal, pudo ingresar un amparo. Ahora está a la espera de la resolución.
"Lo más seguro es que ahora la Cofepris, por la experiencia que he vivido con amigos y conocidos, me responda que no me otorga la autorización, y voy a tener que volver a ampararme”, dice Juárez, quien es cofundador del Centro Cultural Ceccann, un espacio de encuentro cultural y artístico con la cannabis y toda la cultura verde.
Así es más o menos el vericueto legal que tienen que sortear en México quienes buscan un permiso para cultivar, poseer, transportar y consumir marihuana de forma lúdica o recreativa debido al procedimiento de la autoridad, aunque el trámite podría ser tan simple como solicitar una autorización a Cofepris y que esta autoridad la otorgara.
Sin embargo, dice Frida Ibarra, directora del área de Incidencia de México Unido contra la Delincuencia (MUCD): “Lo que ha pasado es que la burocracia estratégica continúa y Cofepris de manera reiterada sigue negando las autorizaciones, bajo el argumento de que no tiene la competencia o de que no se han emitido los lineamientos para este tipo de autorizaciones”.
De esta forma, las personas que quieren un permiso para consumir marihuana de forma recreativa tienen que ir ante un juez y pedir un juicio de amparo o interponer una denuncia por incumplimiento de esta autoridad.
Juárez, del Ceccann, asegura lo mismo: “Lo que hemos visto es que responden de forma negativa a la solicitud de autorización o responden que ellos no son la instancia adecuada para darla”.
Cuando N+ solicitó a la Cofepris una entrevista para hablar de cuántos permisos para uso recreativo de cannabis se habían entregado de 2018 a la fecha y de por qué se negaban los permisos, la instancia respondió, a través de su área de comunicación, que no estaban facultados para emitirlos porque no ha habido modificaciones a la ley.
Lo que hacen los jueces es ordenar y se da cumplimiento a lo que dictamina el juez
La respuesta de dicha autoridad hace referencia a que supuestamente la Cofepris no tiene competencia para emitir los permisos porque el Poder Legislativo no ha emitido una ley que regule por completo toda la cadena para el uso de cannabis y todas las autorizaciones la están dando vía amparo.
En una solicitud de información ingresada vía Transparencia, la Cofepris responde que de julio de 2021 (cuando la Corte toma una decisión importante sobre esto del uso de la cannabis) a noviembre de 2022 (fecha en que se hizo la solicitud de información) recibió 5 mil 206 escritos libres solicitando la autorización para el consumo recreativo de marihuana.
Durante ese mismo periodo, dice la respuesta a la solicitud de información, “esta autoridad emitió mil 851 oficios con los cuales se da cumplimiento a las sentencias dictadas por distintos órganos jurisdiccionales donde se autoriza la realización de las actividades corelacionadas con el denominado autoconsumo con fines lúdicos o recreativos del estupefaciente cannabis y del psicotrópico Tetrahidrocannanibol (THC)”. Es decir, que casi dos de cada cinco no obtienen la autorización.
Cabe señalar, responde Cofepris, que el total de oficios emitidos fueron en cumplimiento a procedimientos judiciales promovidos por particulares a partir de las respuestas emitidas a los escritos libres de petición ingresados por particulares, es decir, mediante amparos.
La competencia que se niega
Sin embargo, la Cofepris sí debe emitir las autorizaciones. El sustento legal de esto tiene su historia. En 2014, una persona presentó un primer amparo contra el sistema de prohibiciones administrativas previsto en diversas porciones de la Ley General de Salud que prohibía absolutamente a la Secretaría de Salud emitir autorizaciones para realizar las actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) con fines recreativos.
El amparo se le concedió, en 2015, al considerar que ese sistema de prohibiciones administrativas violaba su derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad reconocido por el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Otros tres amparos se presentaron y se resolvieron igual en los años sucesivos, hasta que en 2018 se presentó el quinto y la Corte decidió concederlo argumentando lo mismo: que el sistema de prohibiciones administrativas es inconstitucional por violar el derecho al libre desarrollo de la personalidad, fue así que se generó jurisprudencia.
"El criterio de la Corte se volvió vinculante para el resto de los jueces del país que debían otorgar los amparos por este tema en el mismo sentido", explica Gerardo Álvarez, investigador en el área de Incidencia de la organización México Unido Contra la Delincuencia (MUCD).
Con esto, se inició el procedimiento para que, en ese 2018, la Corte declarara que la prohibición absoluta de la cannabis en la Ley General de la Salud era inconstitucional y ordenara al Congreso a legislar para cambiar el sistema de prohibiciones. Hasta ese momento quien quería tener un permiso para el uso lúdico personal de la marihuana debía ampararse.
Como el Congreso no legisló al respecto (y sigue sin hacerlo), en 2021, explica Álvarez, la Corte emite algo que se llama Declaratoria General de Inconstitucionalidad, esto es que la Corte actúa como legislador negativo, así se le conoce, porque no está añadiendo nada y simplemente va a quitar esas disposiciones inconstitucionales de la Ley.
Ahí es cuando ya la Corte ordena a la Secretaría de Salud, a través de Cofepris, otorgar los permisos para el uso lúdico personal de la marihuana.
Cómo obtener los permisos
Frida Ibarra, de MUCD, señala que no hay un procedimiento específico para la obtención del permiso de cannabis. “Lo que hemos visto es que los particulares atraviesan un sistema que está diseñado en realidad para empresas, para farmacéuticas, pero no para personas que quieren ejercer su derecho al uso personal de la sustancia”.
Además, dice Ibarra, otro tema es que en las comisiones estatales de Cofepris les argumentan que el trámite solo se realiza en la ciudad de México cuando no es así porque hay convenios de colaboración entre las Cofeprises estatales y la Federal, así que sí pueden emitir las autorizaciones.
Para ayudar a quienes quieren solicitar este permiso, MUCD tiene en su página una guía de cómo obtenerlo. Lo primero que se tiene que hacer es gestionar una cita para iniciar el trámite; en la página https://citas.cofepris.gob.mx/ hay que registrarse y seguir los pasos.
Para pedir el permiso solo se requiere llevar INE, un formato de escrito libre (que se puede descargar en la página del MUCD) y el comprobante de la cita. En caso de que la autoridad se niegue a aceptar los documentos, se puede denunciar ante el Órgano Interno de Control de la Cofepris al (0155) 50805200.
El permiso que se debe otorgar es gratuito y permitirá la siembra, el cultivo, la cosecha, el transporte, la transformación y la posesión legal del cannabis. Eso sí, el permiso es para uso personal; no permite comprar, importar, comercializar, distribuir, suministrar o regalar marihuana.
De igual forma, queda prohibido consumir frente a menores de edad, en espacios públicos sin el consentimiento de terceros, conducir vehículos o maquinaria peligrosa bajo sus efectos y cualquier otro acto que pueda afectar a otras personas.
Puesto que lo más seguro es que la Cofepris responda de manera negativa o con incompetencia a la solicitud de permiso, habrá que interponer un amparo. Diversas organizaciones como Ceccann ofrecen asesoría para este trámite, a bajo costo.
Respecto a las semillas, y puesto que el permiso no permite la compra, la Corte le ordenó a la Cofepris establecer lineamientos y modalidades para la adquisición, pero esta autoridad aún no lo ha hecho.
“También está en falta en ese tema y la verdad es que la mayoría de las personas no tienen acceso a semillas legales y lo que se ha intentado es importarlas, pero los procedimientos que Cofepris tiene son pensados para empresas y piden cosas como el pago de derechos por aproximadamente 170 mil pesos o que se certifique la factura de compra en el Consulado Mexicano de la ciudad extranjera en la que se adquirieron”, dice Ibarra de MUCD.
Lo cierto es que mientras Cofepris no agilice la expedición de los permisos y no emita los lineamientos para la adquisición de semillas, y mientras el Congreso no legisle para regular toda la cadena de Cannabis, hay todavía muchos huecos para hacer real y accesible su uso de forma recreativa.
Por ejemplo, sobre cuánto de marihuana se puede poseer, de momento esto está en un limbo también por falta de legislación. Y ha sido de nuevo la Corte la que ha fijado parámetros al respecto al declarar inconstitucional la penalización por portar más de cinco gramos de marihuana, siempre y cuando sean para consumo personal.
El máximo tribunal estableció que deberán ser los jueces y fiscales quienes determinarán si la cantidad de droga que lleva alguien es para uso personal o si considera que es para uso comercial.
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