Vaticano Cambia Aprobación para Apariciones de la Virgen y Otros Fenómenos Sobrenaturales

Un acontecimiento será declarado 'sobrenatural' y el papa podrá intervenir en el proceso, pero "por regla general", la Iglesia ya no se dedica a autentificar sucesos inexplicables

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Vaticano Cambia Aprobación para Apariciones de la Virgen y Otros Fenómenos Sobrenaturales

Peregrinos atraviesan Paso de Cortés con imagen de la Virgen de Guadalupe. Foto Cuartoscuro

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El Vaticano publicó este viernes las nuevas normas para aprobar las apariciones de la Virgen María, las estatuas "lloronas" y otros fenómenos aparentemente sobrenaturales para que puedan ser objeto de culto.

Para ello, cambiaron el procedimiento, ya que tras un estudio por parte del obispo, bastará un nihil obstat (no hay objeción) y ya no será necesaria la declaración de sobrenaturalidad”.

La Santa Sede reformó radicalmente su proceso para evaluar las supuestas visiones, insistiendo en tener la última palabra sobre si son dignos de la devoción popular.

El documento deja claro que tanto el Dicasterio para la Doctrina de la Fe como el papa siempre tendrán la última palabra para intervenir y aprobarlo o rechazarlo en cualquier momento, y solo el pontífice podrá declarar la "sobrenaturalidad" de un caso.

Aquí, la decisión oficial del Vaticano sobre eventos sobrenaturales

La oficina doctrinal revisó la normativa de 1978 alegando que ya no es útil ni viable en la era de internet. Actualmente, los rumores sobre apariciones o madonnas que lloran viaja rápidamente y pueden perjudicar a los fieles si se trata de impostores que quieren ganar dinero a costa de las creencias de la gente o manipularlos, indicó el Vaticano.

Hasta ahora, los procedimientos seguidos por el Dicasterio estaban orientados hacia una declaración de “sobrenaturalidad” o “no sobrenaturalidad” por parte del obispo, pero eso llevaba muchos años y de hecho, después de 1950, se han resuelto solamente seis casos, mientras que han ido proliferando numerosos episodios en el mundo a los que la Iglesia no ha dado respuesta.

¿Cuáles son los nuevos criterios a cumplir?

Las nuevas normas replantean el proceso de evaluación de la Iglesia católica al eliminar la posibilidad de que las autoridades eclesiásticas declaren sobrenatural una determinada visión, estigma o cualquier otro posible acontecimiento de inspiración divina.

Por ello, a partir de ahora, el caso no se cerrará con una declaración de supernaturalitate, sino que el obispo podrá dar su nihil obstat, pero también otros cinco tipos de sentencia con diferentes matices y será siempre el Dicasterio el que aprobará finalmente o el papa, pero sin tener que declarar claramente que es 'auténtico'.

Los nuevos criterios contemplan seis posibles resultados principales, siendo el más favorable que la institución de una luz verde no comprometedora en lo doctrinal, el llamado nihil obstat.

Esto significa que no hay nada en el acontecimiento que sea contrario a la fe, y por lo tanto, los católicos pueden mostrar su devoción por él.

Las directrices revisadas permiten que un acontecimiento pueda ser declarado "sobrenatural" en un momento dado y que el papa pueda intervenir en el proceso. Pero "por regla general", la Iglesia ya no se dedica a autentificar sucesos inexplicables ni a tomar decisiones definitivas sobre su origen sobrenatural.

La Iglesia católica tiene una larga y controvertida historia de fieles que afirman haber tenido visiones de la Virgen María, de estatuas que supuestamente lloran lágrimas de sangre y de estigmas que aparecen en manos y pies imitando las heridas de Cristo.

Por otra parte, esta intervención deja naturalmente abierta la posibilidad de que, prestando atención a la evolución de la devoción, pueda ser necesaria una intervención diferente en el futuro

Además, el obispo podrá también considerar el caso prae oculis habeatur, cuando "si bien se reconocen importantes signos positivos, se advierten también algunos elementos de confusión o posibles riesgos que requieren un cuidadoso discernimiento".

Otra posibilidad es el curatur, cuando "se detectan varios o significativos elementos problemáticos, pero al mismo tiempo existe ya una amplia difusión del fenómeno y se desaconseja una prohibición que pueda inquietar al pueblo de Dios".

En particular, debe tenerse en cuenta el equilibrio psíquico, la honestidad y rectitud en la vida moral, la sinceridad, humildad y docilidad habitual hacia la autoridad eclesiástica, la disponibilidad para colaborar con ella y la promoción de un espíritu de auténtica comunión eclesial

Y que los llamados 'videntes' no sigan "una búsqueda de beneficio, poder, fama, notoriedad social, interés personal estrechamente ligada al hecho" o no presenten "alteraciones psíquicas o tendencias psicopáticas en el sujeto, que puedan haber ejercido una influencia en el presunto hecho sobrenatural".

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Con información de EFE, AP y Vaticano
KAH | ICM