Ninguna mujer o persona gestante, será criminalizado por practicarse un aborto en Aguascalientes, resolvió vía amparo la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Con cuatro votos a favor y uno en contra, del proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, los ministros declararon que inconstitucionales los artículos 101, 102 y 103 del Código Penal de Aguascalientes que van contra los derechos de las mujeres y criminalizan el aborto.
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Esta resolución se da gracias a un amparo presentado por las organizaciones Terfu, Cecadec, Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), Cultivando Género AC y Morras Help Morras.
GIRE, una de las organizaciones que impulsó el amparo para despenalizar el aborto, señaló que a partir de esta resolución, “el Congreso de Aguascalientes debe derogar los artículos declarados inconstitucionales antes de que finalice el periodo ordinario de sesiones en que se notifique la sentencia”.
Esta decisión sienta un precedente obligatorio para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte al haber sido aprobado por 4 votos
Ahora el gobierno de Aguascalientes tiene la obligación de prestar el servicio de aborto.
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