No Se Puede Aplicar Revocación de Mandato a Rubén Rocha

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La revocación de mandato fue aprobada en Sinaloa en 2024 y por ser una ley nueva, no es retroactiva a la administración del gobernador Rocha Moya

No Se Puede Aplicar Revocación de Mandato a Rubén Rocha

Culiacanenses se manifestaron en el Congreso de Sinaloa para exigir paz en Culiacán y la destitución del gobernador. Enero 30, 2025. Foto: Cuartoscuro

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En medio de la crisis de inseguridad que vive Sinaloa, un grupo de ciudadanos increpó a diputados locales en su protesta del jueves en el Congreso del estado para exigirles los requisitos para promover la revocación de mandato del gobernador Rubén Rocha Moya.

La revocación de mandato fue aprobada en Sinaloa en el 2024; es un instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar si una persona que desempeña un cargo público de elección popular debe concluir, de manera anticipada, el cargo para el cual fue electa.  

El inicio del proceso de revocación de mandato podría solicitarse por una sola ocasión. Además, se necesita que la petición sea de al menos un 10% de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores del estado, de por lo menos once municipios.

Si se aprueba la solicitud, la jornada de votación se celebraría el domingo siguiente a los noventa días posteriores a la emisión de la Convocatoria.

Ley nueva

Sin embargo, al ser una ley nueva, no es retroactiva a la actual administración de Rubén Rocha.

Al respecto José Guadalupe Wicho, secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa indicó:

Es una ley que no es aplicable al actual titular del ejecutivo porque estaríamos entonces violentado la garantía consagrada en el artículo 14 constitucional donde señala la irretroactividad o no aplicación retroactiva de una ley que afecta los intereses de la persona, no le aplica ahorita, porque estaríamos primero violentando sus derechos personales, porque él fue electo con unas bases una normatividad que estaba vigente, no existía la regla esta, entonces no pudiéramos nosotros como órgano electoral aplicarle una ley que no estaba vigente

La participación total de la ciudadanía en el proceso de revocación de mandato debe ser de, al menos, un 40% de las personas inscritas en la Lista Nominal de Electores.

Pero esto solo podría aplicarse al próximo gobernador y no a Rubén Rocha.

"Sería aplicable a la siguiente persona que resulte electa como titular del ejecutivo estatal y en primera tendrían que transcurrir  tres años, los primeros tres años de su mandato, es un periodo sexenal, tendrían que notificar al Instituto  Electoral del estado de Sinaloa que quiere que se inicie con ese procedimiento, para ello tendría que transcurrir tres años y dentro de los tres meses siguientes presentar la solicitud, que de anexar a esta solicitud, tiene que anexar el equivalente a 10% de firmas de lo que es el padrón electoral en el estado, en este tiempo estaríamos hablando aproximadamente 240 mil firmas para que fuera procedente, al no ser aplicable por esta ocasión no hay formatos autorizados ni lineamientos", precisó José Guadalupe Wicho.

Fue el propio gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, quien mandó al Congreso la iniciativa de reforma de ley para incluir en la Constitución local la figura de Revocación de Mandato, pero no se puede aplicar en su contra.

En el 2024 el Instituto Estatal Electoral de Sinaloa recibió tres peticiones de revocación; ninguna procedió.

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Con información de Érika Palma

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