Luis Miguel No Es Deudor Alimentario, Según Registro Civil de CDMX

Según información del Registro Civil de la CDMX, Luis Miguel no sería deudor alimentario, como afirma la expareja del cantante, Aracely Arámbula

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Luis Miguel no es deudor alimentario, según Registro Civil de CDMX

Luis Miguel se presenta en el Auditorio Nacional de la CDMX, en noviembre de 2015. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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Aracely Arámbula, expareja de Luis Miguel, despotricó contra el cantante afirmando que es un "deudor alimentario", afirmando que no se hace responsable de la manutención de sus hijos, situación que desató polémica en redes sociales.

Los tiene que buscar (a sus hijos), que no esté esperando a que lleguen al concierto como cuando él truena los dedos y están ahí todos. Sí, es deudor alimenticio, faltan detalles.

Ayer, 21 de septiembre, se filtró un documento emitido por la Dirección General del Gobierno de la Ciudad de México que desmiente la versión de 'La Chule', pues señala que 'El Sol de México' no es deudor alimenticio.

Derivado de la búsqueda realizada en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de esta Institución que al que se refieren los artículos 35 y 323 séptimos del Código Civil para la Ciudad de México, certifica que el ciudadano Luis Miguel Gallego Basteri a esta fecha no se encuentra como deudor alimentario moroso.

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El documento tiene fecha del 21 de septiembre de 2023, y está firmado por la jueza de la Oficina Central del Registro Civil de la Ciudad de México, Crystel Guadalupe Arellano Moreno.

De acuerdo con allegados a Aracely Arámbula, Luis Miguel no aparece como deudor alimentario porque no ha sido demandado formalmente. El trámite para la inscripción al padrón de deudores alimentarios se debe emitir la respectiva orden judicial por un juez en lo familiar.

Para la realización del trámite se requieren datos como nombre completo del deudor, así como su Clave Única de Registro de Población (CURP), además de la CURP de los acreedores. También es necesario presentar el acta que acredite el vínculo entre el deudor y el acreedor alimenticio.

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Con información de N+

OAGL