TEPJF Ordena Emitir Reglas para Giras de Aspirantes de Partidos

Ahora tocará al INE establecer las reglas y sanciones para los aspirantes de Morena y del Frente Amplio

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al INE establecer reglas para regular los procesos internos de Morena, PAN, PRI y PRD

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al INE establecer reglas para regular los procesos internos de Morena, PAN, PRI y PRD

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al INE emitir lineamientos para regular los procesos internos que se realizan tanto en Morena como en el PRI-PAN-PRD rumbo a 2024.

Esos lineamientos serán las reglas a las que se deberán apegar tanto para la construcción del Frente Amplio por México como para la Coordinación Nacional de la Defensa de la Cuarta Transformación de Morena.

Todos los aspirantes serán fiscalizados y esa fiscalización deberá incluir todas sus actividades desde que arrancaron.

Video. Medidas Cautelares del INE a Aspirantes de Morena

El Tribunal Electoral dio los parámetros generales al INE para redactar estas nuevas reglas. Entre otros son los siguientes:

  • No podrán llamar al voto.
  • No se podrán usar recursos públicos en los procesos internos y el dinero que usen deberán ser fiscalizado.
  • Los aspirantes no podrán promoverse en los tiempos de radio y televisión, ni podrán adquirir espacios en medios.
  • El INE deberá valorar la permanencia o retiro de propaganda en vehículos, pintas de barda o espectaculares, y deberá certificar esa propaganda y será obligación del INE que cuando considere que transgrede la ley, ordenará su retiro inmediato.
  • El INE implementará una fiscalización adhoc de los recursos que se usen. Deberá ser expedita así como apegada a los principios de certeza y transparencia en la rendición  de cuentas.  
  • El financiamiento que reciban los aspirantes puede ser el de gasto ordinario que reciben los partidos o financiamiento privado con los límites que hay en la ley.
  • El INE deberá definir el proceso de revisión desde que los aspirantes iniciaron sus actividades, los rubros de gasto y los que resulten justificados y los que no.
  • Los partidos presentarán informes de ingresos y gastos.
  • Los resultados de fiscalización ameritarán dictamen consolidado en un tiempo pertinente por parte del INE. Esto se presentará cuando se resuelvan informes de precampaña.
  • Las consecuencias que  se deriven de esta fiscalización las deberá definir el INE. Es decir los lineamientos deberán incluir eventuales sanciones.

Los 3 magistrados que votaron a favor de esta decisión explicaron que se busca reconocer los derechos tanto de los aspirantes a la libertad de expresión, de los partidos en su libertad de asociación pero también de militantes y ciudadanía en general de allegarse de información sobre los perfiles de las personas que buscan candidaturas a los cargos de elección popular.

El TEPJF ordenó que también los OPLES en las entidades federativas alisten lineamientos semejantes para procesos internos que puedan ser locales.

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