Utilidades 2023: ¿Cuál es el Monto Mínimo que Puedes Recibir?

El pago de utilidades se otorga con base al 10 por ciento de las ganancias netas de la empresa

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Las utilidades 2023 se deben entregar antes del 29 de junio

Aspectos de billetes, durante la cuesta de enero, 2022. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) el pago de utilidades para los trabajadores tiene que cubrirse entre el 1 de mayo y el 29 de junio. El pago es una parte de las ganancias que obtiene la empresa o patrón por la actividad y los servicios que ofrece en el mercado.

En cuanto al monto de utilidades que se otorga, éste se encuentra establecido en la LFT. Te diremos de cuánto es el mínimo que se debe pagar a los trabajadores.

Monto mínimo de utilidades para un trabajador

Como se mencionó al inicio, la LFT indica cuál es el monto que pueden recibir los trabajadores, el mínimo corresponde al 10 por ciento de las ganancias netas que serán distribuidas con todos los trabajadores, tomando en cuenta el número de días trabajados en el año.

Por otra parte el monto máximo es de tres meses de salario, pero en algunos casos el monto que se otorga es el que se haya recibido en los últimos tres años, dependiendo de lo que más le convenga al trabajador. 

¿Para quiénes no aplica el reparto de utilidades?

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Prevención Social, las personas que no tienen derecho al reparto de utilidades son los trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales, profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.

Asimismo, se exenta de dicho reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento.

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¿Qué días se consideran como laborados para el reparto de utilidades?

La LFT señala que son los días laborados y todos aquellos en que por disposición de la ley, contrato individual o colectivo de trabajo y del reglamento interior de trabajo, el trabajador perciba su salario aun cuando no labore, tales como:

  • Incapacidades temporales por riesgo de trabajo.
  • Periodos prenatales y postnatales.
  • Descanso semanal, vacaciones y días festivos.
  • Permisos.
  • Permiso con goce de sueldo.

No olvides que en caso de que caso de que tu patrón o empresa no realice el pago de las utilidades o se recibe incompleto, se tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de éstas.

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