¿Tienes Habilitado tu Buzón del SAT? ¡Cuidado! Podrías Ser Multado

Las multas pueden ascender hasta más de 10 mil pesos por no tener habilitado el buzón o no actualizar los datos de contacto

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¿Tienes Habilitado tu Buzón del SAT? ¡Cuidado! Podrías Ser Multado

Una persona pasa frente al edificio del SAT en la CDMX, en abril de 2021. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes que tener habilitado el Buzón Tributario, y registrar y mantener actualizados los medios de contacto es una obligación fiscal desde 2020, por lo que incumplir con estas medidas puede ser motivo de una infracción.

A través de un comunicado, el SAT detalló que el Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.

¿Cuáles son los beneficios de tener el Buzón Tributario?

Algunos de los beneficios al habilitar el Buzón Tributario son:

  • Portal privado y personalizado.
  • Economiza tiempo y recursos.
  • Certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen.
  • Notificación vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet.
  • Conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados.
  • Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.
  • Proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.

Deben habilitarlo todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), salvo:

  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados, por estar relevados.

¿Quiénes pueden tener habilitado o no el Buzón Tributario?

El SAT publicó que tienen la opción de hacerlo o no:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y los asalariados y asimilados a salarios con ingresos anuales en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos.

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, no tener habilitado el Buzón Tributario, así como no tener actualizados los medios de contacto, puede dejar multas que van de los 3 mil 400 pesos a más de 10 mil 260 pesos.

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Con información del SAT

ICM