SAT: ¿Por Qué No Debo Pagar o Liquidar Mis Deudas con Efectivo?
La Miscelánea Fiscal 2021 establece un límite mensual de efectivo que puedes depositar o recibir en tus cuentas bancarias
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Si te llegó un ingreso extra y estás a punto de pagar o de liquidar la totalidad de tus deudas bancarias como las de tus tarjetas de créditos, préstamos personales bancarios, tiendas departamentales, o cualquier otro tipo de crédito, aquí te explicamos porque no debes pagarlas con dinero en efectivo.
Si no quieres problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), es muy importante que sepas por qué nunca deberás pagar tus deudas bancarias con billetes o monedas, sobre todo, si son mayores a los 15 mil pesos.
Y aunque la mayoría de las personas que tienen algún dinero extra, ya sea a través de depósitos a su cuenta o, como se dice coloquialmente al cash cash, suele ir al banco a retirar la cantidad o a depositar, según sea el caso para poder pagar su deuda, no es una práctica recomendable.
Esto, porque desde los cambios a la Miscelánea Fiscal en 2022, todas las instituciones bancarias deben enviar un informe mensual al SAT, si uno de sus cuentahabientes hace o recibe depósitos en efectivo por $15,000 pesos o más.
Y si el SAT identifica alguna incongruencia fiscal entre tus ingresos y lo que depósitos que recibes o haces en tus cuentas bancarias, podría iniciar una revisión más extensa con la finalidad de que compruebes el origen de ese dinero.
Lo anterior no es de preocuparse, siempre y cuando tengas el sustento legal para justificar los ingresos y depósitos mayores a $15,000 pesos mensuales, para lo cual, los expertos indican que es mejor tener a la mano el Comprobante Fiscal Digital por Internet (el famoso CFDI o factura digital).
Por lo cual, se recomienda que si tienes deudas bancarias de $15,000 pesos o más, mejor las pagues por medio de transferencias bancarias, SPEI, o bien, a través de tus propias tarjetas de débito.
Es importante mencionar que esta medida únicamente aplica para los depósitos en efectivo que superen los 15 mil pesos, porque los que son menores a esta cantidad, no son reportados ni fiscalizados.
Finalmente, también debes saber que el SAT no cobra ningún impuesto por préstamos, tandas o ventas por catálogo, pero sí vigila todos los depósitos que se hagan en efectivo que se realicen en cualquier tipo de cuenta, ya sea en moneda nacional o extranjera.
Y que dentro de los depósitos en efectivo que las personas físicas o morales hagan, se incluyen los abonos que se hacen en ventanilla, cajeros automáticos, cheques de caja y todos aquellos que el SAT considere.
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