Regreso a Clases 2023: Gastos Escolares Deducibles ante el SAT

En este regreso a clases se hacen muchos gastos, pero te decimos cuáles puedes deducir de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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Gastos Escolares Deducibles ante el SAT

Gastos escolares que son deducibles en el regreso a clases. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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Está por comenzar el ciclo escolar 2023-2024 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), por lo que los padres de familia tienen que comprar todo lo necesario para el regreso a clases y aquí te decimos qué gastos escolares son deducibles de impuestos ante el SAT.

Ante la cuesta de septiembre por los gatos para el regreso a clases, los contribuyentes mexicanos tienen una alternativa para aligerar la situación económica. Pueden declarar los gastos escolares ante el SAT, de esta manera reducir la carga fiscal a la hora de presentar la Declaración Anual de Impuestos, ya que hay conceptos deducibles para obtener un balance positivo al realizar el trámite.

¿Qué gatos escolares son deducibles de impuestos ante el SAT?

Hay varios gastos escolares que se pueden deducir y de esta manera reducir la cuesta de septiembre por el regreso a clases. Es importante mencionar que tienes que estar dado de alta como persona física.

Gastos escolares deducibles: 

Colegiaturas: cuotas de escuelas particulares que tengan validez ante la SEP. Aplica desde nivel preescolar y hasta bachillerato o su equivalente, siempre y cuando se respeten los topes máximos por año por alumnos.

  • Nivel preescolar hasta 14 mil 200 pesos
  • Nivel primaria hasta 12 mil 900 pesos
  • Nivel secundaria hasta 19 mil 900 pesos
  • Nivel profesional técnico hasta 17 mil 100 pesos
  • Nivel bachillerato o equivalentes hasta 24 mil 500 pesos

Transporte escolar: los gastos de movilidad se pueden deducir, pueden ser de hijos o nietos, siempre y cuando sea obligatorio en la institución educativa o que se cobre al alumnado por separado en el comprobante escolar.

  • No debe exceder los 189 mil pesos o el 15% de tu ingreso

Las transacciones no deben realizarse en efectivo y deben existir Comprobantes Fiscales Digitales por internet o el CFDI 4.0 en los egresos relacionados con educación. 

Los medios de pago se deben realizar según el código: cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de crédito, tarjeta de débito o tarjeta de servicios, sin rebasar las cantidades tope a deducir. 

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