SAT: ¿Debo Pagar Impuestos por una Tanda o Si Vendo por Catálogo?

Los bancos solo podrán entregar información al SAT cuando los contribuyentes estén bajo un proceso de auditoría, fiscalización o revisión

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Los pagos de tandas y ventas por catálogo no generan pago de impuestos al SAT

El SAT informó que tipo de depósitos no generan pago de impuestos. Foto: Cuartoscuro

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece las regulaciones que los depósitos en efectivo a cuentas bancarias deben seguir, por lo que muchas personas se preguntan si al entrar a una tanda o al recibir pagos de ventas por catálogo deben pagar impuestos.

Por esa razón, a continuación responderemos esa duda y además te explicaremos cuál es el límite de depósitos en efectivo a partir del cual los bancos y entidades financieras tienen la obligación de notificar al SAT.

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Es importante destacar que al año, el fisco realiza aproximadamente 10 mil auditorías para revisar la información declarada por los contribuyentes sobre depósitos bancarios recibidos y cotejarla con los datos proporcionados por las instituciones financieras a fin de combatir la evasión fiscal.

Límite de depósitos en efectivo 

Las entidades financieras deberán notificar al SAT cuando los depósitos en efectivo a cuentas bancarias de los contribuyentes sobrepasen los 15 mil pesos.

No obstante, es importante destacar que los bancos solo podrán entregar dicha información cuando los contribuyentes estén bajo un proceso de auditoría, fiscalización o revisión por parte de la autoridad tributaria.

De esta forma, únicamente cuando en las auditorías se detecten incongruencias entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar información sobre depósitos para evitar defraudaciones fiscales.

¿Se deben pagar impuestos por ventas por catálogo o tandas?

El SAT informó que los depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo de cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros, tandas o préstamos personales no son vigilados.

Asimismo, la autoridad fiscal reiteró que los depósitos realizados por los conceptos anteriores tampoco generan el cobro de ningún tipo de impuesto.