SAT: ¿Cómo Pedir Tu Saldo a Favor de Forma Automática?
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Cuando el saldo a favor exceda de 150 mil pesos no de podrá solicitar la devolución automática

El saldo a favor es un beneficio al que tienen acceso los contribuyentes que pagaron de más. Foto: Pexels | Ilustrativa
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Cuando los contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizan el cálculo de impuestos y éste resulta con 'saldo a favor', quiere decir que pagaron más de lo que debían y por esa razón la dependencia les devolverá su dinero.
Pero para que se haga la devolución de un saldo a favor, los contribuyentes primero deben realizar una serie de acciones al momento de hacer la declaración anual.
¿Cómo solicitar la devolución del saldo a favor automáticamente?
Es importante recordar que la declaración anual de impuestos 2022 se debe hacer entre 1 y el 30 de abril, además, se debe contar con una de banco y registrar la CLABE única en el sitio web del SAT.
Así mismo, los contribuyentes deben asegurarse cuando hagan la declaración anual de seleccionar la opción de 'devolución automática', ya que este es el requisito principal para poder solicitar la devolución.
Ahora, se debe tomar en cuenta lo siguiente para solicitar la devolución automática:
- Si el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos se puede presentar la declaración anual con 'Contraseña'.
- Si el saldo a favor es mayor a 10 mil pesos y no excede de 150 mil pesos se puede presentar la declaración anual con Contraseña, siempre y cuando se seleccione una cuenta CLABE activa a 18 dígitos ya precargada en el aplicativo, misma que deberá estar a nombre del contribuyente. Pero si se captura una cuenta CLABE distinta a las precargadas, se deberá presentar la declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.
- Si el saldo a favor es de 10 mi pesos a 150 pesos, la declaración anual se presentará utilizando la e.firma o e.firma portable.
- Es importante que se señale el número de cuenta CLABE a 18 dígitos, la cual deberá estar activa y a nombre del contribuyente.
Cuando el saldo a favor exceda de 150 mil pesos no de podrá solicitar la devolución automática, pero sí se podrá solicitar la devolución del saldo a favor a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
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¿Para quiénes no aplica el saldo a favor?
De acuerdo con información del SAT, los contribuyentes que se encuentren en los siguientes supuestos no pueden solicitar saldo a favor:
- Quienes hayan obtenido durante el ejercicio fiscal anterior, ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
- Si se solicita una devolución por ejercicios fiscales distintos al año anterior.
- Cuando se presenta la solicitud de devolución vía FED, previo a la obtención del resultado de la declaración anual.
- Si se presenta la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal anterior, sin haber elegido opción de devolución.
- Contribuyentes cuyos datos estén publicados en el Portal del SAT, al momento de presentar su declaración anual de conformidad con lo dispuesto en los párrafos penúltimo, fracción III y último del artículo 69 del CFF, así como a los que se les haya aplicado la presunción establecida en el artículo 69-B del mismo Código, una vez que se haya publicado en el DOF y en el Portal mencionado el listado a que se refiere el cuarto párrafo del citado artículo 69-B.
- Soliciten la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que se encuentren en la publicación o el listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF.
- Al contribuyente se le hubiere cancelado el certificado emitido por el SAT de conformidad con lo establecido en el artículo 17-H, fracción X del CFF, durante el ejercicio fiscal anterior.