SAT: ¿Cómo Hacer el Pago de Impuestos a Meses Sin Intereses? Así Solicitas tu "Crédito"

No dejes a última hora realizar tu Declaración Anual 2023, pues en caso de tener un adeudo podrás realizar ese pago en parcialidades solo debes cumplir con algunos requisitos

|

N+

-
SAT: ¿Cómo Hacer el Pago de Impuestos a Meses Sin Intereses? Así Solicitas tu "Crédito"

Quienes tengan saldo a favor lo recibirán a más tardar el 31 de julio de 2024. Foto: Pexels

COMPARTE:

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) emitió un comunicado este lunes 1 de abril de 2024 en el que señala que los contribuyentes deben realizar el pago de sus impuestos. En el caso de las personas físicas que tengan una deuda después de presentar su declaración anual de 2023, podrán saldarla a meses sin intereses. Aquí te proporcionamos toda la información para hacer tu solicitud

Al realizar la Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal del año anterior, es decir, 2023, las personas físicas pueden tener un saldo a favor o un adeudo con la autoridad fiscal. En caso de tener un saldo a favor, este será devuelto de forma automática a más tardar el 31 de julio de 2024.

Video: ¿Hasta Cuándo Puedes Presentar la Declaración Anual?: SAT Aclara

¿Quiénes deben realizar la Declaración Anual 2023?

La Declaración Anual 2023 de personas físicas es una obligación para los siguientes contribuyentes:

  • Quienes recibieron sueldos y salarios de un solo patrón y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.
  • Aquellos que obtuvieron ingresos distintos de salarios.
  • Personas que trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
  • Quienes recibieron salarios del extranjero o de personas no obligadas a retener impuestos.
  • Individuos que también obtuvieron ingresos por indemnización.
  • Quienes tienen ingresos por jubilación o pensiones que exceden los montos establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
  • Si la suma total de los ingresos anuales por salarios excede los 400 mil pesos.
  • Profesionales que ofrecieron servicios.
  • Personas que participaron en actividades empresariales, incluyendo plataformas tecnológicas, región fronteriza y el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
  • Arrendadores de bienes inmuebles.
  • Individuos que realizaron enajenación o adquisición de bienes.
  • Quienes obtuvieron ingresos por intereses o dividendos.
  • Contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Video: Usuarios del SAT Presentan Problemas con Restricción de Sellos

¿Cuáles son los requisitos para realizar mi Declaración Anual 2023?

  • Contar con RFC
  • Contraseña o
  • e.firma

Video: El SAT te Regresa Estos Impuestos

¿Cómo pagar impuestos en parcialidades?

El SAT informó que la declaración anual para personas físicas debe realizarse a partir del 1 de abril de 2024, y los contribuyentes tienen como fecha límite el día 30 del mismo mes. Para aquellos que resulten con impuestos a pagar después del ejercicio fiscal, podrán hacerlo a través de parcialidades sin intereses.

¡Ojo! Es importante destacar que esta medida solo se aplicará si el contribuyente presenta su declaración anual dentro del plazo establecido por la autoridad correspondiente, es decir, durante el mes de abril. Sin embargo, estas no son las únicas normas; también se requiere que el pago de la primera parcialidad se realice en este mismo periodo, además de otras medidas establecidas.

  1. Las parcialidades deben ser pagadas a más tardar el último día del mes al que correspondan.
  2. Se deben utilizar las líneas de captura generadas por el sistema al presentar la declaración.
  3. Los formatos estarán disponibles para su reimpresión en el aplicativo, en la opción "Impresión de acuse".
  4. Los pagos se efectúan en instituciones de crédito autorizadas, y existe la posibilidad de realizar pagos anticipados.

En caso de no pagar las parcialidades en tiempo y forma, se aplicarán recargos por falta de pago oportuno. La última parcialidad debe ser cubierta a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo, en su caso, los recargos mencionados previamente.

Historias recomendadas: 

MV