SAT: Por esta Razón Podría Multarte con 2 Millones de Pesos
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La figura llamada 'beneficiario controlador' toma decisiones en la asamblea de accionistas de una empresas

Las personas morales también deben cumplir en tiempo y forma con las obligaciones y ejercicios fiscales. Foto: Pexels | Ilustrativa
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Una de las razones por la que es importante cumplir en tiempo y forma con las obligaciones y ejercicios fiscales del Servicio de Administración Tributaria (SAT), son las multas que la dependencia destina a los contribuyentes irresponsables.
Teniendo esto en cuenta, una de las nuevas obligaciones fiscales que se pusieron en marcha desde el 2022 es la referente a la figura denominada 'beneficiario controlador', un concepto que el SAT describe como una persona moral en cuyo capital participan personas morales, fideicomisos u otras figuras jurídicas domiciliadas en el extranjero.
Según la ley, estas personas deben se identificadas y proporcionar información cuando el SAT lo solicite, de los contrario se volverían a acreedoras a una multa de hasta 2 millones de pesos.
Multa por ser un beneficiario 'controlador':
La figura llamada 'beneficiario controlador' toma decisiones en la asamblea de accionistas de una empresas, tiene voz y voto en más del 15 por ciento del capital, o decide directa o indirectamente sobre la administración de una empresa. Así que si en algún momento el SAT requiere de alguna documentación, se deberá entregar dentro de los 15 días posteriores a la notificación de la dependencia.
Así que, de no informar al SAT sobre la identidad del beneficiario controlador o no entregar información en los tiempos establecidos que marca la ley, éstas personas serán acreedoras a multas:
De un millón 500 mil pesos a 2 millones de pesos, por no conservar o presentar la información dentro de los plazos establecidos, esto por cada beneficiario controlador, ya que en una empresa puede haber más uno.
Así mismo, no actualizar la información de cada beneficiario controlador que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate, el SAT impondrá una multa que va desde los 800 mil pesos hasta el millón de pesos.
Y si la información se proporciona de manera incompleta, inexacta, con errores o en forma distinta, la persona moral se hace acreedora a una multa de 500 mil a 800 mil pesos.
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¿Cuándo deben hacer la Declaración Anual 2022 las personas morales?
Los contribuyentes morales deberán presentar su declaración anual 2022 entre el 1 y 30 de marzo del 2023, si no se realiza, las personas podrán hacerse acreedores de multas que van desde los 12 mil 640 pesos hasta los 25 mil 300 pesos.
Además, quienes no cumplan con el plazo para presentar su declaración anual, incurrirán en un delito de fraude fiscal.