Recuento de Votos en Alcaldía Cuauhtémoc solo Será Parcial, Resuelve TEPJF

Los cinco magistrados del TEPJF confirmaron que no será total el recuento de votos en la elección de la alcaldía Cuauhtémoc y sólo será en 73 casillas

|

N+

-
La alcaldesa electa de la Cuauhtémoc, Alessandra Rojo de la Vega

La alcaldesa electa de la Cuauhtémoc, Alessandra Rojo de la Vega. Foto: Cuartoscuro| Archivo

COMPARTE:

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que no será total el recuento de votos en la elección de la alcaldía Cuauhtémoc y será parcial, únicamente en 73 casillas.

Los cinco magistrados, en videoconferencia, desecharon los 224 recursos de reconsideración interpuestos en contra del criterio de la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF.

Video relacionado: Proyecto de TEPJF Dice que AMLO Intervino en Elección, pero No es Suficiente para Anularla

Video. TEPJF Confirma Improcedencia en Recuento Total de Votos en la Cuauhtémoc

Determinaron que la impugnación presentada por Alessandra Rojo de la Vega y el PAN no reunía los requisitos de reconsideración para admitir a estudio la demanda.

La alcaldesa electa de la Cuauhtémoc, Alessandra Rojo de la Vega, también dio a conocer la información a través de sus redes sociales, en el que la Sala Superior de TEPJF ordenó el recuento parcial de solo 73 casillas en dicha demarcación.

El pasado 20 de julio, por unanimidad, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó el acuerdo plenario del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) que declaró la procedencia de un nuevo escrutinio y cómputo total de la votación emitida para la elección de la titular de la alcaldía Cuauhtémoc.

¿Por qué habrá recuento solo en 73 de casillas impugnadas en la Cuauhtémoc?

Al resolver el juicio SCM-JRC-113/2024, el pleno declaró parcialmente fundado el agravio del Partido Acción Nacional (PAN) y sostuvo que no se actualizaron los parámetros que justificaran la realización del recuento del total de la votación de la elección, como pidió Morena.

En ese sentido, la Sala Regional consideró declarar la procedencia del recuento de votos solamente en 73 de la totalidad de las casillas impugnadas, ante la actualización de irregularidades que justifican válidamente dicho ejercicio.

En consecuencia, la Sala Regional modificó el acuerdo plenario impugnado.

Historias recomendadas:

HVI