¿Le Pueden Poner Multas de Tránsito a los Ciclistas?
Según los últimos datos del INEGI en la CDMX transitan 340,000 ciclistas
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Todos los días transitan por las calles de la Ciudad de México (CDMX) miles de ciclistas que aprovechan las ciclovías y el programa Ecobici para llegar a sus diferentes destinos. Pero, ¿te has preguntado si es posible recibir una multa de tránsito al ir en bicicleta?
A continuación te explicamos si es posible recibir una infracción por parte de la policía de tránsito si conduces una bicicleta.
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¿Le pueden poner multas de tránsito a los ciclistas?
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito 2023 de la CDMX, los ciclistas sí tienen una serie de pautas que deben respetar.
No obstante, según el mismo reglamento, los conductores de vehículos no motorizados que no cumplan con las obligaciones del reglamento solo pueden ser amonestados verbalmente por los agentes autorizados para infraccionar, más no pueden ser infraccionados como tal.
En pocas palabras, los ciclistas no pueden ser infraccionados, solo pueden ser amonestados verbalmente por los agentes de tránsito.
Eso sí, los agentes tienen el derecho de orientar a los conductores a seguir lo establecido por el reglamento.
¿Qué dice el reglamento de tránsito sobre los ciclistas?
El reglamento de tránsito indica algunos aspectos que los ciclistas, identificados como conductores de vehículos no motorizados, sí pueden hacer y otros tantos que no pueden hacer.
En el primer caso destaca que:
- Los ciclistas siempre deben circular en el sentido de la calle, y nunca en sentido contrario.
- Deben ceder el paso a las personas que caminan y respetar su espacio.
- Respetar los altos en vías primarias.
- En los semáforos, deben esperar detrás del cruce o en la caja bici-moto.
- Deben avisar si darán vuelta: extendiendo un brazo y usándolo como direccional.
- Rebasar por la izquierda.
- Siempre deben llevar casco.
¿Qué no deben hacer los ciclistas?
Una vez más, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito 2023, existen ciertas cosas prohibidas para los ciclistas, pero solo generan amonestaciones y no multas.
En este aspecto, destacan las siguientes prohibiciones:
- No pueden circular sobre las aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones, con excepción de los niños menores de 12 años.
- Tampoco pueden circular por los carriles exclusivos para el transporte público de pasajeros.
- No deben detenerse sobre las áreas reservadas para el tránsito de peatones (pasos de cebra).
- Nunca vayas en sentido contrario o en zigzag.
- Nunca uses el celular cuando vayas en movimiento.
- No está permitido andar en bicicleta bajo los efectos del alcohol o de alguna sustancia ilegal.
Ahora bien, aunque no existe una sanción tácita para los ciclistas, si llegan a cometer otro tipo de infracción, como arrollar a un peatón, podrían ser presentados ante un juez cívico y recibir una multa.