¿Chelerías Violan la Ley? Esto Pasará con la Venta Ilegal de Alcohol en CDMX
La venta de bebidas de alcohol en calles de la CDMX se ha vuelto una actividad recurrente. Te contamos si estos establecimientos violan la ley
Roberto Hernández
COMPARTE:
La Ciudad de México (CDMX) ha añadido un elemento a su paisaje visual: la venta de bebidas alcohólicas en puestos ambulantes, que en ocasiones se acompaña de alimentos y coctelería, las llamadas Chelerías.
A pesar de los operativos para suspender las actividades de las llamadas Chelería, que han dejado personas detenidas en alcaldías como Coyoacán e Iztacalco, los expendios callejeros de bebidas alcohólicas siguen, pero ¿violan la ley?
Esto dice la Ley de Cultura Cívica de la CDMX
La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, publicada el 7 de junio de 2019, menciona las infracciones por acciones que considera atentan contra la seguridad ciudadana.
En su artículo 28 enlista 17 motivos de infracción; sin embargo, ninguno habla particularmente de la venta sin permiso de bebidas alcohólicas en la vía pública, aunque sí menciona acciones que se podrían detonar de actividades derivadas de las Chelerías.
- Punto II. Impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía y el espacio público, la libertad de tránsito o de acción de las personas, siempre que no exista permiso ni causa justificada para ello, para estos efectos, se entenderá que existe causa justificada siempre que la obstrucción del uso de la vía pública, de la libertad de tránsito o de acción de las personas sea inevitable y necesaria y no constituya en sí misma un fin, sino un medio razonable de manifestación de las ideas, de expresión artística o cultural de asociación o de reunión pacífica
- Punto III. Usar el espacio público sin contar con la autorización que se requiera para ello
- Punto V. Ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados o consumir, ingerir, inhalar o aspirar estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias tóxicas en lugares públicos, independientemente de los delitos en que se incurra por la posesión de los estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias toxicas
- Punto VIII. Reñir con una o más personas
Sin embargo, el artículo 185 del Código Penal para el Distrito Federal señala prisión de cinco a siete años y de quinientos a mil días multa a quien "organice o realice eventos, reuniones o convivios al interior de inmuebles particulares o en la vía pública con la finalidad de obtener una ganancia derivada de la venta y consumo de alcohol, drogas, estupefacientes a menores de 18 años o personas que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho, o personas que no tienen capacidad de resistir la conducta".
Noticia relacionada: Chelerías y Venta de Droga Se Multiplican en Alcaldía Coyoacán, CDMX
Esto aprobó el Congreso de la CDMX
En la sesión del 2 de octubre de 2024, la III Legislatura del Congreso de la Ciudad de México (CDMX) aprobó una serie de reformas Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México y del Código Penal para el Distrito Federal para regular el funcionamiento de las llamadas Chelerías.
La diputada Yuriri Ayala Zúñiga precisó que, debido a las modificaciones de los artículos 32 y 28 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, se sancionará la conducta de quienes vendan bebidas alcohólicas en la vía pública sin contar con los permisos correspondientes, con lo cual se desincentiva el comercio sin previa verificación del cumplimiento de los requisitos administrativos y de forma indiscriminada, lo cual genera conflictos sociales en la zona de venta.
Por su parte, el diputado Royfid Torres González señaló que la regulación de los negocios denominados chelerías es necesaria a efecto de combatir la venta y consumo ilegal de alcohol.
Historias recomendadas: