CDMX: ¿Cuál es la Multa por Decir Piropos en la Calle?

Los espacios públicos son el lugar donde la mujer es más vulnerable, y puede convertirse en víctima de actos de violencia por parte de desconocidos

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Los piropos en la CDMX son un tipo de acoso y son sancionados con una multa

Los piropos son un tipo de acoso callejero. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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La normalización de la violencia contra la mujer permitió que durante varias décadas los "piropos" con connotación sexual en la calle fueran bien vistos, catalogados como inofensivos y hasta considerados como un acto de galantería.

Sin embargo, hoy en día en la Ciudad de México (CDMX) esto es considerado un tipo de acoso, mismo que es sancionado con una multa.

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Cabe destacar que según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), realizada en 2022 por el INEGI, poco más del 45 por ciento de las mujeres han sufrido violencia en el ámbito comunitario, el cual engloba espacios como la calle, el parque o el transporte público.

Lo anterior, convierte a los espacios públicos en el lugar donde la mujer es más vulnerable para convertirse en víctima de actos de violencia por parte de desconocidos.

Por ese motivo, la Ley de Cultura Cívica de la CDMX establece que los, mal llamados, piropos callejeros atentan contra la dignidad de las personas, por lo que son considerados infracciones que ameritan una multa y sanción.

El artículo 26, fracción IX, de la Ley de Cultura Cívica indica que es una falta el proferir silbidos o expresiones verbales de connotación sexual a una persona con el propósito de afectar su dignidad.

De igual forma, realizar la exhibición de órganos sexuales con la intención de molestar o agredir a otra persona es castigado, aunque este delito sólo procederá cuando exista queja de la persona agredida o molestada.

¿Cuál es la multa por decir piropos en la calle en CDMX?

La multa por decir piropos con connotación sexual en las calles de la CDMX a una mujer, o a cualquier otra persona, con el fin de afectar su dignidad es de entre 11 a 40 Unidades de Medida, lo que en 2023 equivale a entre 1,141.14 pesos y 4,149.06 pesos.

En caso de que el infractor no pueda pagar la multa, deberá permanecer en arresto de 13 a 24 horas o realizar trabajo en favor de la comunidad de 6 a 12 horas.

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